Page 892 - El Programa de Medidas Agroambientales en la provincia de Huelva
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EL PROGRAMA DE MEDIDAS AGROAMBIENTALES EN LA PROVINCIA DE HUELVA
 requisitos serían de aplicación horizontal, igual para todos los Estados miembros y, las compensaciones a los labradores serían financiadas en su totalidad por la Unión Europea, evitando, desde la aplicación de este método, las ventajas com- parativas. De todas formas, esto no solucionaría los problemas de competitividad de las agriculturas ecológicas española y andaluza, ya que ambas partirían de una posición bastante retrasada con respecto al resto de los países. Por tanto, actual- mente, el remedio más factible es apoyar decididamente las ayudas existentes con una financiación superior, que permita acercarnos al resto de nuestros competi- dores en los mercados agrícolas internacionales.
Además, en la aplicación del Programa de Medidas Agroambientales se ha obser- vado una serie de dificultades que, aunque de carácter coyuntural, ha entorpecido el desarrollo de las mismas. Climatológicamente hay que subrayar los retrasos que han producido los períodos de sequía en las siembras de los cultivos ecológicos, igual que ocurre con los convencionales; sequías que en la Comunidad Autóno- ma de Andalucía son cíclicas y se repiten frecuentemente. Aparte del retraso en la siembra, la falta de agua provoca que los cultivos no crezcan adecuadamente y que las cosechas no alcancen la productividad deseada por los labriegos. Por otro lado, se ha detectado que las primas de mantenimiento y de compensación de rentas son escasas y no parecen lo suficientemente atractivas para que muchos de los potenciales beneficiarios soliciten las ayudas para la adopción de prácticas compatibles con la conservación del Medio Ambiente y la protección del espacio natural. Además, debido a la burocratización excesiva de las Administraciones Públicas, la realización material de los pagos se ralentiza tanto que se producen situaciones verdaderamente aberrantes. Los agricultores se ven obligados a solici- tar préstamos, costosos para ellos, en entidades financieras para llevar a cabo los compromisos adquiridos, mientras que la Administración se dilata, con conse- cuencias onerosas para los beneficiarios de las subvenciones, en el cumplimiento de su principal obligación, que es la del pago efectivo de las mismas.
Finalmente, otro problema o dificultad, en este caso común con otras ayudas y subvenciones, tanto cofinanciadas por la Unión Europea como de financiación exclusiva del Estado español o la Comunidad Autónoma andaluza, que se ha puesto de manifiesto en la aplicación del Programa ha sido la cuestión fiscal. En principio, era dudoso si estas ayudas y subvenciones debían estar sometidas a tributación o quedaban al margen del régimen impositivo. Lo cierto es que la duda sobre la tributación de las ayudas que vienen recogidas en el Programa de Medidas Agroambientales debe ser despejada a la luz del estudio de la legislación fiscal. No obstante, en primer lugar, habría que plantearse dentro del ámbito de qué figura impositiva estarían sujetas estas ayudas. En el caso del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas se debe responder afirmativamente, y su inclusión
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