Page 215 - Reformas estatutarias y declaraciones de derechos
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                § 12. DERECHOS, PRINCIPIOS Y OBJETIVOS RELACIONADOS CON EL ACCESO A LAS PRESTACIONES SOCIALES
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en un período de diez años , las diferentes leyes de servicios sociales de las Comunidades
Autónomas, que constituían el núcleo gordiano de ese joven y entonces todavía por desarrollar sistema público de servicios sociales.
2. Preceptos estatutarios relacionados con el objeto de este comentario en los Estatutos anteriores.
los primeros estatutos de Autonomía, preocupados, como era lógico, de establecer las ins- tituciones propias, el marco del autogobierno, y fijar las competencias, no desarrollaron los derechos de la ciudadanía, y mucho menos establecieron un catálogo de los derechos sociales, se limitaron a establecer las competencias de la Comunidad Autónoma en la materia.
De este modo, la configuración de la acción social4 en los estatutos de Autonomía de las dife- rentes Comunidades Autónomas5 quedó del siguiente modo:
– Andalucía. Art. 13.22 EA (derogado): “la Comunidad Autónoma de Andalucía tiene com- petencia exclusiva sobre las siguientes materias: ...Asistencia y servicios sociales”.
– Aragón. Art. 35.1.26 EAr. (derogado)6: “Corresponde a la Comunidad Autónoma la com- petencia exclusiva en las siguientes materias: ...Asistencia, bienestar social y desarrollo comunitario”.
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– Canarias. Art. 30.13 ECan. : “la Comunidad Autónoma de Canarias, de acuerdo con las
normas del presente estatuto, tiene competencia exclusiva en las siguientes materias: ... Asistencia social y servicios sociales”.
3 la primera de ellas fue la del País vasco, en 1982, a ésta le siguieron las Comunidades Autónomas de navarra (1983), madrid (1984) y Cataluña (1985),..., Andalucía (1987), y la última, cerrando el primer ciclo originario, en 1992, fue la de Cantabria.
4 Conforme al título de este trabajo, y dado que en otros epígrafes de esta publicación se analizan pormenorizadamente los diferentes sectores objeto de las políticas sociales y de actuación preferente de los servicios sociales (menores, inmigrantes, discapacitados,...), señalaremos aquí básicamente de las referencias a la asistencia social, u otros conceptos similares, en los diferentes estatutos de Autonomía.
5 vamos a referirnos aquí tanto a los contenidos de los estatutos de Autonomía vigentes, en su contenido actual tras las diferentes reformas llevadas a cabo en la mayoría de ellos, así como a las versiones últimas de los estatutos de Autonomía recientemente derogados: Comunidad valenciana, Cataluña, Andalucía, Islas baleares, y Aragón. en el epígrafe posterior, nos ocuparemos de los nuevos estatutos de Autonomía de las Comunidades Autónomas citadas y también analizaremos el caso del estatuto de Autonomía de Castilla y león, aún no en vigor, pero ya aprobado por las Cortes Generales.
6 no sufre modificación alguna la redacción del antiguo art. 35.1.19 eAr., en los términos señalados, tras la reforma por leyes orgánicas 6/1994, y 5/1996.
7 salvo el número del articulado (anteriormente art. 29.7 eCan.), no se modifica la denominación de las competencias exclu- sivas en la materia, por la ley orgánica 4/1996, que reforma el estatuto de Autonomía de Canarias.
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