Page 46 - Reformas estatutarias y declaraciones de derechos
P. 46

REFORMAS ESTATUTARlAS v DECLARAClONES DE pensamos

sociales y económicas”? donde claramente cabe apreciar una inadecuación de la titularidad
de este derecho con determinados aspectos o facetas del mismo: así, por ejemplo, el derecho
al agua para el consumo humano es un derecho de todas las personas que por una u otra razón
pudieran encontrarse en Aragón, no solo de los aragoneses.

Tambien se formula un tanto impropiamente como un derecho de los ciudadanos y ciudadanas
el de formular solicitudes, peticiones, reclamaciones y recursos ante las Administraciones Publi-
cas y a que éstos sean resueltos en los plazos adecuadosï”, configurando asi unos aspectos
muy especificos del mas inclusivo derecho ala buena administracion, que no esta limitado solo
a los aragoneses, sino que su titularidad ha de predicarse de toda persona que entre en relación
con tales Administraciones.

En cuarto lugar, como derechos exclusivos de los aragoneses se contemplan los derechos de
participacion en condiciones de igualdad en los asuntos publicos y a presentar iniciativas legis-
lativas ante las Cortes de Aragon y a participar en el proceso de elaboracion de las Ieyes159. En
correspondencia con el establecimiento de este derecho de participacion politica, se establece
igualmente que son elegibles a Cortes de Aragón los ciudadanos y ciudadanas que, teniendo la
condición política de aragoneses estén en el pleno uso de sus derechos políticosls“.

F) Estatuto de autonomia de Castilla y León. También el nuevo Estatuto de Castilla y León
mantiene, en este caso en los mimos términos que el Estatuto de 1983, la regulacion de la
“condicion política” de ciudadano de Castilla y León. Tienen esta condicion "todos los españoles
que, de acuerdo con las leyes del Estado, tengan vecindad administrativa en cualquiera de los
municipios integrados en el territorio dela Comunidad"1“. Por esta razon remitimos al comen-
tario general que sobre esta materia se hizo en el primer epigrafe del presente trabajo.

Lo mismo cabe decir respecto de la extensión de Ia titularidad de los derechos politicos a los
ciudadanos españoles residentes en el extranjero que hayan tenido la ultima vecindad adminis-
trativa en Castilla y Leon y a sus descendientes inscritos como españoles“?

157 EAr. art.19.1.

15“ EAr. art. 15.2.

159 EAr. art.15.

15° EAL, m. 37.5.

l“ ECL art. 7.1.

¡“EOL art 72

‘ 46






















































   44   45   46   47   48