Page 460 - Reformas estatutarias y declaraciones de derechos
P. 460

                REFORMAS ESTATUTARIAS Y DECLARACIONES DE DERECHOS
 y la juventud frente a los contenidos de los medios de comunicación, o el turismo y movilidad internacional de los jóvenes. en los estatutos andaluz y catalán se aprecia una incorporación a nivel estatutario de principios y contenidos fundamentales de las leyes autonómicas que regula- ban la protección y atención de los menores, los jóvenes y las personas mayores.
en el resto de estatutos se han incorporado también referencias a los distintos grupos de las que en ocasiones carecían (fundamentalmente en relación con la tercera edad). Pese a que inciden en aspectos como el acceso al empleo y vivienda de los jóvenes, las distintas situacio- nes de desprotección del menor o la protección integral de las personas mayores, es decir, las referencias esenciales para hacer posible el desarrollo de políticas públicas basadas en las competencias y los principios establecidos en sus estatutos, la regulación en general es menos completa y más escasa en los nuevos estatutos de la Comunidad valenciana, Aragón, baleares, y Castilla y león.
Debemos destacar, en definitiva, el gran avance producido en relación con la percepción, reco- nocimiento y atención por parte de los eeAA de los menores de edad, los jóvenes y las perso- nas mayores, que aporta instrumentos a los poderes públicos autonómicos para responder a los nuevos retos y necesidades que plantean estos grupos de edad, mejorando y ampliando sus ámbitos de actuación, y al mismo tiempo establecen las bases tratamiento más adecuado hacia estas personas por la sociedad en general, de forma que se consiga esa igualdad sustancial en los derechos y deberes de todos los ciudadanos que constituye la mejor expresión de nuestro estado social.
460
 





























































































   458   459   460   461   462