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REFORMAS ESTATUTARIAS Y DECLARACIONES DE DERECHOS
en sus Preámbulos– de la Constitución española y de la Carta de Derechos fundamentales de la ue, se inserta en dos grandes apartados: por un lado, en todos los nuevos estatutos se prevé la promoción de la cooperación dentro de la acción exterior que ahora recogen como novedad frente a los primeros estatutos; y, por otro lado, en algunas de las reformas estatutarias (todas menos la de Andalucía, la de valencia y la de Canarias) se contemplan la cooperación al desa- rrollo, la solidaridad y la cultura de la paz como principios rectores de las políticas públicas, derechos de la ciudadanía o derechos sociales.
Además, algunas reformas estatutarias consideran el fomento de la paz y la tolerancia y la cooperación al desarrollo como objetivos básicos de la Comunidad (Andalucía, baleares y Ca- narias). también cabe destacar la mención expresa en la exposición de motivos de los nuevos estatutos de baleares y Andalucía a los valores de la paz, la solidaridad y la cooperación.
la política española de cooperación para el desarrollo tiene básicamente su origen en la de- claración contenida en el preámbulo de la Constitución de 1978, en la que la nación española proclama su voluntad de colaborar en el fortalecimiento de unas relaciones pacíficas y de eficaz cooperación entre todos los pueblos de la tierra, y ha vivido desde finales de los años 90 un incremento extraordinario de los recursos destinados a este fin. todas las Administraciones públicas (Administración Central, Comunidades Autónomas y Corporaciones locales) y la so- ciedad civil a través de las onGs han impulsado programas y proyectos de de cooperación al desarrollo.
la aprobación de la ley estatal 23/1998, de 7 de julio, de Cooperación Internacional para el Desarrollo supuso un hito decisivo al articular en un único texto el conjunto de medidas e ins- trumentos que han ido configurando la política estatal de cooperación al desarrollo. Después de la aprobación de esta norma estatal, muchas Comunidades Autónomas han ido aprobando avanzadas leyes sobre cooperación al desarrollo.
la unión europea cuenta con una política propia de cooperación al desarrollo, recogida en el título XX del tratado Constitutivo de la Comunidad europea, que fija como metas de esa política el desarrollo económico y social duradero de los países en desarrollo y, particularmente, de los más desfavorecidos, su inserción armoniosa y progresiva en la economía mundial, la lucha contra la pobreza en esos países y la consolidación de la democracia y del estado de Derecho. sin embargo, la Carta de los Derechos Fundamentales de la unión europea no reconoce ni la cooperación al desarrollo ni el fomento de la cultura de la paz en el catálogo de derechos civi- les, políticos, económicos y sociales de los ciudadanos europeos.
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