Page 820 - Reformas estatutarias y declaraciones de derechos
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                REFORMAS ESTATUTARIAS Y DECLARACIONES DE DERECHOS
 el artículo 15, titulado “Derechos de las personas”, señala en su primer apartado que los “ciu- dadanos de Cataluña son titulares de los derechos y deberes reconocidos por las normas a que
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se refiere el artículo 4.1”
. la remisión, más amplia que la del antiguo artículo 8.1, lo es a:
– el propio estatuto.
– la Constitución.
– la unión europea.
– la Declaración universal de Derechos Humanos.
– el Convenio europeo para la Protección de los Derechos Humanos.
– los demás tratados y convenios internacionales suscritos por españa que reconocen y ga-
rantizan los derechos y las libertades fundamentales.
el eC no contiene un artículo exclusivamente destinado a contemplar los deberes reconocidos a los ciudadanos de Cataluña, sino que, como el eAr., aúna en algunos artículos derechos y deberes por materias. es lo que ocurre con la educación, la cultura y el medio ambiente:
Derechos y deberes en el ámbito de la educación. el artículo 21 contempla diversos derechos en materia educativa sin que expresamente refiera ningún deber que habrá de entenderse implí- cito. Contempla el derecho de todas las personas a una educación de calidad y a acceder a la misma en condiciones de igualdad (apartado 1), el derecho de los padre a que sus hijos reciban la formación religiosa y moral que esté de acuerdo con sus convicciones en las escuelas de titularidad pública (apartado 2), el derecho a la formación profesional y a la formación perma- nente (apartado 5), el derecho a las ayudas públicas (apartado 6), el derecho de las personas con necesidades educativas especiales de recibir el apoyo necesario que permita su acceso al sistema educativo (apartado 7) y el derecho de los miembros de la comunidad educativa a participar en los asuntos escolares y universitarios (apartado 8).
– Derechos y deberes en el ámbito cultural. el artículo 22 eC. el artículo 22.1 eC, tras seña- lar en su apartado 1 que todas las personas tienen derecho a acceder, en condiciones de igualdad, a la cultura y al desarrollo de sus capacidades creativas individuales y colectivas, indica en su apartado 2 que todas las personas “tienen el deber de respetar y preservar el patrimonio cultural”.
– Derechos y deberes con relación al medio ambiente. el artículo 27.1 eC, tras indicar que todas las personas tienen derecho a vivir en un medio equilibrado, sostenible y respetuoso hacia la salud, de acuerdo con los estándares y los niveles de protección que determinan las leyes, señala que tienen también el derecho a gozar de los recursos naturales y del paisaje en condiciones de igualdad y el deber de hacer un uso responsable de los mismos y evitar su despilfarro. Por su parte, el artículo 27.2 eC, tras establecer que todas las personas tienen derecho a la protección ante las distintas formas de contaminación, de acuerdo con los estándares y los niveles que se determinen por ley, prescribe también “el deber de co-
16 Por su parte, el artículo 15.3 eC dispone que los “derechos que el presente estatuto reconoce a los ciudadanos de Cataluña pueden extenderse a otras personas, en los términos que establecen las leyes”.
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