Page 385 - Reformas estatutarias y distribución de competencias
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                Contraste de metales” en los Estatutos de Autonomía
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§ 20. INDUSTRIA. PESAS Y MEDIDAS. CONTRASTE DE METAlES
 en relación con la “reestructuración de sectores industriales”, se debe reproducir aquí lo expre- sado respecto de la reforma del eC, cuyo art. 152.4 sirve de modelo, mutatis mutandi, al art.
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58.3 de la Propuesta andaluza
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2. Pesas y medidas. Contraste de metales.
2.1. Configuración actual de la competencia en materia de “Pesas y medidas.
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2.1.a. Preceptos estatutarios relativos a la competencia en materia de “Pesas y medidas. Contraste de metales”.
1. eA: art. 17: “Corresponde a la Comunidad Autónoma de Andalucía la ejecución de la legisla- ción del estado en las siguientes materias: (...) 10. Pesas y medidas: contrastes de metales”.
2. eAr.: art. 39: “uno. Corresponde a la Comunidad Autónoma de Aragón la ejecución de la legislación general del estado en las materias siguientes: (...) 6. Pesas y medidas. Contraste de metales”.
3. east.: art. 12: “Corresponde al Principado de Asturias la ejecución de la legislación del esta- do, en los términos que en la misma se establezca, sobre las siguientes materias: (...) 6. Pesas y medidas. Contraste de metales”.
4. eb: art. 12: “Corresponde a la Comunidad Autónoma de las Illes balears, en los términos que establezcan las leyes y las normas reglamentarias que en desarrollo de su legislación dicte el estado, la función ejecutiva en las siguientes materias: (...) 10. Pesos y medidas. Contraste de metales”.
5. eC: art. 11: “Corresponde a la Generalidad la ejecución de la legislación del estado en las siguientes materias: (...) 5) Pesos y medidas, contraste de metales”.
6. eCl: art. 36: “Corresponde a la Comunidad de Castilla y león, en los términos que esta- blezcan las leyes y las normas reglamentarias que en su desarrollo dicte el estado, la función ejecutiva en las siguientes materias: (...) 5. Pesas y medidas. Contraste de metales”.
19 el art. 58.3 de la Propuesta establece lo siguiente: “Corresponde a la Comunidad Autónoma de Andalucía el desa- rrollo y la gestión de la planificación general de la actividad económica. esta competencia incluye, en todo caso: a) el desarrollo de los planes estatales. b) la participación en la planificación de acuerdo con lo establecido en el artículo 222 de este estatuto. c) la gestión de los planes, incluyendo los fondos y los recursos de origen estatal destinados al fomento de la actividad económica, en los términos que se acuerden con el estado mediante convenio”.
20 en el momento en que se concluye este trabajo, solo han finalizado los procesos de reforma estatutaria relativos a la Comunidad valencia y Cataluña. sin embargo, por razón de claridad expositiva, incluimos en este apartado el texto anterior y recogemos en el apartado 2.4 la nueva redacción.
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