Page 877 - Reformas estatutarias y distribución de competencias
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eC art. 10: “2. Corresponde a la Generalidad el desarrollo legislativo del sistema de Consultas Populares municipales en el ámbito de Cataluña, de conformidad con lo que dispongan las le- yes a que se refiere el apartado 3 del artículo 92 y el número 18 del apartado 1 del artículo 149 de la Constitución, correspondiendo al estado la autorización de su convocatoria”.
eCl art. 34: “1. en el marco de la legislación básica del estado y, en su caso, en los términos que ella establezca, es competencia de la Comunidad de Castilla y león el desarrollo legislativo y la ejecución de la legislación del estado en las siguientes materias: (...) 12. sistema de con- sultas populares en el ámbito de Castilla y león, de conformidad con lo que disponga la ley a la que se refiere el artículo 92.3 de la Constitución y demás leyes del estado, correspondiendo a éste la autorización de su convocatoria”.
eCan art. 32: “Corresponde a la Comunidad Autónoma de Canarias el desarrollo legislativo y la ejecución en las siguientes materias: (...) 5. sistema de consultas populares en el ámbito de Canarias, de conformidad con lo que disponga la ley a la que se refiere el artículo 92.3 de la Constitución y demás leyes del estado, correspondiendo a éste la autorización de su convocatoria”.
ee art. 8: “en el marco de la legislación básica del estado y en los términos que la misma establezca corresponde a la Comunidad Autónoma el desarrollo legislativo y ejecución de: (...) 12. sistema de consultas populares en el ámbito de extremadura de conformidad con lo que disponga la ley a que se refiere el apartado 3 del artículo 92 de la Constitución y demás leyes del estado, correspondiendo a éste la autorización de su convocatoria”.
emur art. 11: “en el marco de la legislación básica del estado y, en su caso, en los términos que la misma establezca, corresponde a la Comunidad Autónoma el desarrollo legislativo y la ejecución en las siguientes materias: (...) 8. sistema de consultas populares en el ámbito de la región de murcia, de conformidad con lo que disponga la ley a que se refiere el artículo 92.3 de la Constitución y demás leyes del estado, correspondiendo a éste la autorización de su convocatoria”.
er art. 9: “en el marco de la legislación básica del estado y, en su caso, en los términos que la misma establezca, corresponde a la Comunidad Autónoma de la rioja el desarrollo legislativo y la ejecución en las siguientes materias: (...) 7. sistema de consultas populares en el ámbito de la rioja, de conformidad con lo que disponga la ley a la que se refiere el apartado 3 del artículo 92 de la Constitución y demás leyes del estado, correspondiendo a éste la autorización de su convocatoria”.
ev art. 32: “uno. en el marco de la legislación básica del estado y, en su caso, en los términos que la misma establezca, corresponde a la Generalidad valenciana el desarrollo legislativo y la ejecución de las siguientes materias: (...) ocho) Corresponde a la Generalidad valenciana el desarrollo legislativo del sistema de consultas populares, municipales en su ámbito, de confor- midad con lo que dispongan las leyes a que se refiere el apartado tres del artículo noventa y dos y el número dieciocho del apartado uno del artículo ciento cuarenta y nueve de la Constitución, y correspondiendo al estado la autorización de su convocatoria”.
§ 52. CONSUlTAS POPUlARES
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