Page 20 - Régimen Jurídico de las Infraestructuras Ferroviarias
P. 20
RÉGIMEN JURÍDICO DE LAS INFRAESTRUCTURAS FERROVIARIAS
la racionalización del Estado. Quiero pensar que no es empeño utópico, ni una manía. Y es que nos jugamos mucho con tal compromiso, pues no cabe ni dila- pidar los recursos ni dejar pasar las ocasiones; ni presencia innecesaria, siempre costosa y, a la larga, deformante, ni carencias injustificables, que terminan de- bilitando a aquél, con los inherentes perjuicios para los ciudadanos. Por lo que hay que esforzarse para hallar la respuesta oportuna en cada momento, dado que es mucho lo que cabe esperar de un Estado que funcione correctamente. Una exigencia que debería preocupar, incluso, apasionar, a los ciudadanos y, de forma señalada, a quienes crean opinión en la sociedad.
Paralelamente, es hoy constatación elemental que lo concerniente al territorio es una faceta que tiene que abordar con rigor el Estado. Y no me refiero tanto a las tradicionales exigencias de la Teoría General del Estado, que consideraban al territorio como uno de los elementos esenciales de éste, sino que, desde otra perspectiva, y sin obviar aquellas preocupaciones, va a importar muy mucho lo que tiene que ver con su correcta disposición y con su buen uso. La adecuada gestión y administración del territorio, así. Algo siempre importante, aunque cada tiempo traiga sus afanes y preocupaciones, y varíen los acentos, usos y aspiraciones que proponga cada generación, y se hagan presentes, por ende, en cada época. Hoy el Estado tiene que asegurar la funcionalidad, el buen servi- cio y la correcta utilización del territorio, ello sin mengua de defender a la par otros valores y bienes jurídicos igualmente merecedores de respeto. No en bal- de, el territorio es un auténtico protagonista. Creo que cabe incluso traer aquí a colación el mandato que contiene el artículo 45.2 de la Constitución de 178 cuando impone que “Los poderes públicos velarán por la utilización racional de todos los recursos naturales”. Cierto que se trata de otro contexto, pero no cabe duda alguna de que el territorio es uno de los recursos naturales, merecedor por eso de todas las protecciones.
Contándose, además, con que, como suele suceder con frecuencia, el territorio no es un bien ilimitado, antes al contrario, en algunos aspectos y situaciones, aunque pueda parecer paradójico, resulta ciertamente escaso. Abunda sí la re- presentación gráfica de la amplitud y de lo inconmensurable, como cuando en los viajes la vista se explaya sin encontrar barreras y gusta de perderse por lo que parece un territorio sin fronteras, tal y como lo podamos contemplar desde la ventanilla de un avión, desde la del autobús o el tren, incluso cuando con- ducimos, no digamos si se practica el hábito tan saludable del “coche de San Fernando”. Pero las apariencias engañan porque no todo es así. Lo cierto es que, de hecho, cada uso que se le añade al territorio, cada nueva utilización del mismo que se realiza, ocupa su espacio y deja sus secuelas. En determinadas
20