Page 60 - La sucesión de empresa en los supuestos de transmisión de concesiones administrativas de gestión de servicios públicos
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Sea como fuere, cabe dar cuenta en el marco del articulo 44 ET de la existencia
de un concepto objetivo de empresa, definida en su contexto “por la idoneidad
de un conjunto de elementos patrimoniales pertenecientes a un empresario para
ser susceptibles de una explotación economica independiente, capaz de ofrecer
bienes y servicios al mercadoü”, es decir, una “entidad de elementos, capital y
trabajo, que como factores de producción se dedica, con animo de lucro a acti-
vidades industriales, mercantiles o de prestación de serviciosflu.
Se pone así el acento en el vinculo de los empleados no con la persona del
empleador, sino con “el complejo organizativo de medios humanos y mate-
riales que la empresa representa como generadora de derechos y obligaciones
laborales"173. Opción logica, no en vano las realidades empresariales son para el
Derecho del Trabajo, ante todo, el soporte o marco de la prestacion de servicios
por cuenta ajena, no resultando asimilables a otras categorías juridicasl".
De esta manera, el precepto estudiado “contempla como presupuesto basico del
mismo un cambio de titularidad", en el cual concurren “una empresa cedente
que se extingue en cuanto al contenido jurídico-material de la cesión y otra ce-
sionaria que, a partir de ese momento, va a comenzar a ser titular del negocio o
‘7’ STS 27 octubre 1994 (RJ 5531).
‘71 5515], cont-Admtivo, Asturias 27 abril y 29 septiembre 2005 (JUR 171357 y 251402).
‘73 5515] Galicia 10 julio y 1 septiembre zccs UUR 221035 y A5 325/2005).
“Así la empresa lia venido siendo considerada por la sala de lo social del Tribunal supremo y por el extin-
guido Tribunal central de Trabajo, aisladamente de su titular Jurídico, como ‘una organización de bienes,
actividades y relaciones de muy variada condicion constitutiva de un todo unico susceptible de ser objeto
de negocios Jurídicos’: ‘unidad socioeconomica de produccion’, constituida por ‘factores tecnicos, organi-
Zallvos y palrlmonlaleiu: ‘organización economica de elementos productivos encaminada a la produccion
de bienes o serviciosïn: ‘organluclon de medios personales y materiales encaminada a la realización de la
actividad que constituye su ubiera’... Asi lo que caracteriza a la empresa no son tanto los elementos materia.
les o patrimoniales como la existencia de una acuvidad organizada, de manera que cabe la existencia de una
empresa que carezca de elementos materiales y tenga solamente organluclún. l-iasia ial punto es asi que en
el Blallllo de los rrabaiadores la empresa se concibe, ante todo, como el marco organizativo de la relacion
de trabajo, no otra cosa significa ‘el ambito de organizacion y dlrecclfin’ a que alude su articulo 1.1" lssrsl
Extremadura ls abril 1997 (A5 1381) y Madrid 27 octubre 1997 (As 3512)]. sobre las premisas expuestas,
el articulo 44 ET se coniorma como “un mecanismo protector, en la ‘fallo’ logica del inereclio del Trabaio,
que relativiza la persona titular de la empresa en beneficio de su obietivizacion o autonomizacion respecto
de su propietario de manera que si se transmite el conjunto de la organizacion empresarial de iorma que
sea posible la continuidad de la actividad empresarial, el ordenamiento juridico impone la continuacion de
las relaciones laborales, desvinculando asi el lieclio de la prestacion de servicios de la persona para quien
se prestan" [VICENTE PALACIO, A.: "Transmision de empresa y concesiones administrativas: necesidad
de que la concesion lleva aparejada la entrega de la iniraestructura empresarial basica", Asa, r. Il, 1999,
pag. 2515].
17“ Retomando aqui la clasica doctrina judicial contenida en las ssrs 2a septiembre 1955 (RJ 2534) y 25
enero 198801] so), no en vano, en el Dereclio del Trabajo espanol, se “define el empleador utilizando el Cn-
terio material de la recepcion de los servicios”, RDDRIGUEZ-PINERO RDYD, M. c.: “La legalizacion de las
empresas de trabajo temporal en España: cronica de un fracaso legislativo", TL, num. 55, 2000, pag. 159.
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