Page 102 - Transferencia de funciones y servicios de la administración del Estado a la Junta de Andalucía (1979-1997)
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Cámaras,comoórganoderelacióndelasCámarasOficialesdelaPropiedadUrbanaencl ámbito estatal e internacional.
PermanecenenelMinisreriodeObrasPublicasyUrbanismo,yseguiránsiendodesucom perenciaparaserejercidasporelmismo,lassiguientesfuncionesyactividadesquetienelegal
mente
atribuidas:
Establecer las bases del Régimen jurídico de las Cámaras Oficiales de la Propiedad Urba na.
Reglamentar el Cuerpo Nacional de Secretaries de Cámaras Oficiales de la Propiedad
Urbana y ejercer, respecto al mismo, las funciones que se le atribuyen por la legislación
vigente.
Comunidad Autónoma podrá instar a la Administración del Escada la provisión de las vacantesdedichoCuerpo,enlaformareglamentaria.
Se desarrollarán coordinadamente entre el Minisrerio de Obras Publicas y Urbanismo y la Comunidad Autónoma de Andalucía, la realización de estudios, consultas e informes relacio nadosconlosfinesdelasCámarasOficialesdelaPropiedadUrbana,asícomoelIntercambio de información esradtsrica.
Asignadas a la Consejería de Política Territorial e Infraestructura por Decreto 163/1983. de 10 de agoste, las anteriores comperencias cransferidas, se distribuye el ejercicio de las mismas
entrelosdiferentesórganos,porDecreto273/1983,de28dediciembre.
Puertos
La Constitución en el arrfculo 148 establece que las Comunidades Autónomas podrán asu
mircompcrcnciasenmateriadepuertosderefugio,deportivosy.engeneral,losquenodesarro llen actividades comerciales, y en el articulo 149 reserva al Estado la compcrencia exclusiva sobrepuertosdeinterésgeneral.Porsu parte,elEstatutodeAutonomIadeAndalucía,establece en suartículo13.llquecorrespondealaComunidadAutónomadeAndalucíalacompetència exclusivaenpuertosquenotengan[acalificaciónlegaldeinterésgeneraldelEstado:enlosde refugio,losdeportivos,y,engeneral,losquenodesarrollenactividadescomerciales.
El Real Decreto 1958/1978, de 26 de junio, ydemás disposiciones ccrnplemenearias atribu yen al Organismo Autónomo Comisión Adminisrrariva de Grupos de Puertos, dependiente del Minisrerio de Obras Publicas y Urbanismo, la adminiscraciòn de los puertos que en el mismo se relacionan.
El Real Decreto 927/1982, de 2 de abril, modifica el ámbito de la Junta del Puerto de Algeciras-La Línea. Asimismo, el Real Decreto 928/1982, de 17 de abril, unifica la Administra ción portuaria de la bahía de Cadiz, y el Real Decreto 989/1982. de 14 de mayo, clasifica los puertos de interés general del Estado.
Por Real Decreto 3137/1983, de 25 de agoste, se transfiere a la Comunidad Autónoma de Andalucíadentrodesuámbitoterritorial,lassiguientesfuncionesqueveníarealizandoelEsta do:
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