Page 170 - Transferencia de funciones y servicios de la administración del Estado a la Junta de Andalucía (1979-1997)
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 La homologación de programas de formación postgraduada, perfeccionamiento yespe­ cialización del personal sanitario.
La homologación general de los puestos de trabajo de los servicios sanitarios, a fin de
garantizar la igualdad de oportunidades y la libre circulación de los profesionales y traba­ jadores sanitarios.
Losserviciosdevigilanciayanálisisepidemiolcgicosaepizooriolégicos,asícomola coordinación de los servicios competentes de las distintas Administraciones Públicas
Sanitarias,enlosprocesosasituacionesquesuponganunriesgoparalasaluddeinciden­ cia nacional.
El establecimiento de sistemas de información sanitaria y la realización de estadísticas de
interés general supracomunitario.
La coordinación de las actividades dirigidas a impedir a perseguir todas las formas de fraude, abuso, corrupción a desviación de las prestaciones a servicios sanitarios con cargo al sector publico, cuando razones de interés general así lo aconsejen.
La elaboración de informes generales sobre la salud publica y la asistencia sanitaria.
ElestablecimientodecaucesparalainformaciénycomunicacionesentrelaAdminisrra­ ciôn Sanitaria del Estado y la de las Comunidades Autónomas en las materias previstas en lalegislaciónvigente.
La financiación y gestión de los créditos y tramitación de los expedienres de clases pasi­ vas correspondienees a los funcionarios del extinguido Patronato Nacional Annrubercu­ loso y de las Enfermedades del Tórax que se viene rigiendo por el Estatuto de Clases PasivasdelEstadode22deoctubrede1926,enbasealodispuestoenlaLeyde13de diciembre de 1943, disposiciones complementarias y acuerdos del referido Patronato de
19 de enero y 13 de abril de 1946.
Las demás competencias que expresamente resulten de la Constitución, de lo establecido enlaLeyyenlasdisposicionesquecomplemenrenadesarrollenlasbasesylacoordina­ ción general de la sanidad.
SedesarrollaráncoordinadamenteentrelaAdministracióndelEstadoylaComunidadAu­ tónoma de Andalucía, de conformidad con los mecanismos que en cada caso se señalen, las
siguientes funciones y comperencias:
El intercambio de información en materia de asistencia sanitaria en la forma que se establezca.
La Comunidad Autónoma queda obligada a comunicar al Minisrerio de Sanidad y Con­ sumolosdatosestadísticosobtenidosdelestudio,vigilancia,análisisepidemiológicosde
losprocesosqueincidan,positivaanegativamente,enlasaludhumana,asícomocuan­ tas situaciones epidémicas puedan detectarse por aquella y los datos necesarios para la acrualizacién del Catálogo y Registro General de centros, servicios y establecimientos sanuanos.
La Comunidad Autónoma prestara su colaboración y coordinara sus servicios con la Administración Sanitaria del Estado, especialmente para conseguir la mayor eficacia de
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