Page 191 - Transferencia de funciones y servicios de la administración del Estado a la Junta de Andalucía (1979-1997)
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 La ejecución de la legislaci6n del Estado en materia de museos, archivos, bibliotecas y otrascoleccionesdenaturalezaanálogadetitularidadestatal,cuyagestiónyadministra­ cien corresponder a la Comunidad Autónoma de Andalucía en los términos de un con­ venio que será firmado con el Minisrerio de Cultura en el plazo de seis meses a partir de laentradaenvigordelanteriorRealDecreto.
En cuanto a la gestión del Archivo de Indias, dada su especial naturaleza, se encomendará medianteconvenioespecíficoentreelMinisreriodeCulturay[aComunidadAutónomade Andalucía.
Elejerciciodelapotestadexprcpiaroriaydelderechodeadquisici6npreferenteenlos supuestos que se prevean en [a legislación sobre protección del Patrimonio histórico­ arrfsrico y del Tesoro Documental y Bibliográfico. Las solicitudes de exportación de
bienes muebles de valor histórico-artístico del Tesoro Documental y Bibliográfico ha­ brán de rramirarse por los órganos comperenres de la junra de Andalucía. La denegación delasolicitudpondráfinalcxpedie»re.Encaso contrariose darátrasladodelamismaal Minisrer¡o de Cultura, para su resolución definitiva.
Las funciones y servicios que el Estado ejerce por sí a por medio del Patronato de la Alhambra y Generalife, sin perjuicio de la reserva contenida en el apartado C, párrafo 1, e) en relación con el Conjunto Monumental del mismo nombre en Granada, y especial­ mentelassiguientes:Custodia,administraciónyconservacióndelaAlhambra,Generalife y Palacio de Carlos V y de todas las edificaciones, bosques, jardines cultivos y terrenos pertenecientesa laAlhambraySl! recintoyalGeneralifeysus anejos,asícomo laforma­ ciónydesarrollodelosplanesquedeberánseguirseensuconservación,restauración, excavaciones e investigaciones a realizar y, en general, cuanto a aquellos se refiera, los afecteypuedaejecutarsedenrrodeloslímitesdesus terrenosyaledaños.
2. Todas las funciones en materia de fomento y promoción de la cultura, en todas sus mani­
fesracionesyexpresionescon especialreferenciaalamúsica,elteatro,lacínemarogrefïe,ellibro y ediciones, al amparo del artículo 148.1.17 de la Constitución y del artículo 13.26 del Esraru­ to de Andalucía y sin perjuicio de [o previsto en el artículo 149.2 de la Constitución.
El fomento de la música, la promoción de la creatividad y la difusión de la misma, así comolaayudaasociedadesdeconciertos,asociacionesyentidadesmusicales,orquestas
y conjuntos insrrumenrales, corales, líricos y coreográficos, y la organización y promo­ cióndernanifesracicnesmusicalesderodagénero,asícomolaconservacióndelfolklore.
Elfomentodelteatroylapromocióndecompañíasygruposteatrales,asícomoeldesa­ rrollo y promoción de toda clase de actividades teatrales, festivales, cerramenes, teatro infantiljuvenilyvocacional,elapoyoalacreatividadescénicaysudifusiónylaayudaa entidades teatrales y asociaciones de espectadores.
El fomento de toda clase de actividades que promuevan la cinematografía y la creativi­ dadartísticaenestecampode[acultura;laayudaacine-clubsyentidadesculturales cinematográficasyelapoyoamanifestacionescinematográficasengeneral.
El fomento de la creación literaria, la promoción del libra y de las ediciones sonoras y audiovisuales, la promoción de los hábitos de lectura, muy en particular en los sectores
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