Page 200 - Transferencia de funciones y servicios de la administración del Estado a la Junta de Andalucía (1979-1997)
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ElEstatutodeAuronomfadeAndalucía,en su articulo 15,7..esrablecequecorrespondea la ComunidadAutónomadeAndalucía,enetmarcode[aregulacióngeneraldelEstado,el desarrollo legislarivo y [a ejecución de las siguientes materias: medio ambiente e higiene de la conraminación biòtica y abiòtica.
ElRealDecreto2093/1979,de3deagosro,porelqueseapruebanlasnormasorgánicasdel Ministerio de Obras Públicas y Urbanismo, derermina tas funciones que corresponden a la DirecciónGeneraldelMedioAmbiente,talescomolaspropuestaspreviasparalaformulación delapolíticaambientaldelaAdrninisrraciónpública,su ejecuci6n,ladireccióndelosasuntos
que en este calnpo competen al Departamento, integrando las tareas realizadas por sus distintas unidades y [a coordinación de raies actividades con las realizadas por otros Departameneos
minisreriales y Organismos públicos,
Por Real Decreto 3334/1983, de 5 de octubre, se transfieren a la Comunidad Autónoma de
Andalucía dentro de su ambito territorial, las siguientes funciones, que venia realizando el Estado: [a Comunidad Autónoma de Andalucía tramitara y resolverá los expedieores de conce sión de beneficies previstos en esta materia en le legislación vigente. Por lo que se refiere a la concesión de los beneficies de carácter fiscal, [a Comunidad Autónoma incluirá corno resolu ci6n definiciva lo que le haya sido comunicado por el Miniscerio de Economfa y Hacienda.
Permanecen en el Minisreric de Obras Públicas y Urbanismo, y seguirán siendo de su corn
perencia para ser ejercitadas por el mismo, las siguientes funciones y actividades que tiene legalmente atribuidas:
a) Elaboración de proyectos de legislación básica.
b) Coordinación y vigilancia de las actividades de política ambiental del Ministerio de Obras Públicas y Urbanismo y de las distintas actuaciones de los rescanres Departamen tosminisrerialesconincidenciaambientalcomofunciónpropiadelSecrerariadodela Comisión Inrerministerial de Medio Ambiente (CIMA).
e}Coordinacióndelasactuacionesinternacionalesenmateriaambiental.
SedesarrollaráncoordinadamenteentreelMinisteriodeObrasPúblicasyUrbanismoyla Comunidad Aut6noma de Andalucía, mediante las Comisiones que al efecto se designen, las siguientes funciones:
a)FormulaciónydireccióndelapoUticaambientalenlosrespecnvosámbitosdecompe- tencia.
b) Campaña de concienciación cívico ambiental. e)PlanificaciónydistribuciónentrelasComunidadesAutónomasdelassubvencionesy
beneficiesprevistosen lalegislación.
Las compecencias transferidas en materia de medio ambiente, son asignadas por Decreto 25/1984, de 8 de febrero, a la Dirección General de Medio Ambiente, dependiente de le Vice presidencia de laJunta de Andalucía, y adscrita orgánicamente a la Consejerla de Gobernación.
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