Page 50 - Transferencia de funciones y servicios de la administración del Estado a la Junta de Andalucía (1979-1997)
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to estatal. Por su parte la Administración del Estado facilitará a la Junta de Andalucía la Infer mación elaborada sobre las mismas materias.
EstasccmpcrenciastransferidassonasignadasalaConsejeríadeTrabajoySeguridadSocial por Decreto 175/1984, de 19 de julio, creándose por Decreto 205/1984, de 17 de julio, el Registro General de Cooperacivas de la Comunidad Autónoma de Andalucía, adscrito a la Dirección General de Trabajo, Empleo y Cooperarivas, que tendrán en su nivel central los cometidos del artfcu]o 86.2.A del Decreto 2710/1978, de 16 de noviembre.
Sociedades Anónimas Laborales
Por Real Decrero 558/1990, de 27 de abril, son traspasados a la Comunidad AUTónoma de Andalucía las funciones de calificación y registro adrninisrrarivo, en rnareria de Sociedades Anónimas Laborales, cuando aquellas tengan su domicilio social en el rerrirorio de la Comuni dad Autónoma, reservándose la Administración del Estado la concesión del beneficie de liber tad de amortización.
Enrelacióncon elRegistroAdminisrrativodeSociedadesAnónimasLaboralesprevistoen el arrfculo 4 de la Ley 15/1986, de 25 de abril, y regulado por Real Decreto 222911986, de 24 de octubre, la junra de Andalucía remitirá mensualmente a la Dirección General de Coopcranvas ySociedadesLaboralesunaccnificaciónconlnespecificacióndelasinscripcioneshabidasenel mes anterioren elRegistrodeSociedadesAnónimaslaborales,asícomo delasmodificaciones de Estatutos, adaptación o transtormación, disolución, liquidación y descalificación de las mis mas. CuandolnDirecciónGenerallosolicite,se remitiráuna copiasimpledecualquieradelos expcdienres relativos a las Sociedades Anónimas Laborales registradas.
Las Sociedades inscritas con anrcdortdad a la entrada en vigor de esta norma, que pasen al correspondienrc Registro de laJunta de Andalucía, mantendrán el mismo número inicialmente asignado en la Dirección General de Cooperaeivas y Sociedades Laborales del Ministerio de
Trabajo y Seguridad Social.
La Junta de Andalucía facilitará a la Administración del Estado información estadística
sobreelejerciciodelasfuncionesrransferidas,paragarantizarlacoordinacióneintegracióncon el reste de la información estadística de ámbito nacional. Asimismo, la Administración del Estado facilitará a la Junta de Andalucía la informacion elaborada sobre las mismas materias.
Estas funciones rransferidas son asignadas a [a Consejería de Fomento yTrabajo por Deere ro146/1990,de15demayo,encuandrdndoseenlaDirecciónGeneraldeCooperacivasyEm pleo por Orden de 21 de junio de 1990.
Formación Profesional Ocupacional
El arrfculo 149.1.30 de la Constitución establece la competència exclusiva del Estado sobre
regulación de las condiciones de obtención, expedición y homologación de títulos académicos yprofesionalesynormasbásicasparaeldesarrollodelartículo27delaConstitución;artículo
que reconoce la función de los poderes públicos en cuanto a programación general de la ense- - 50-

