Page 263 - Tres modelos comparados de función pública y sus procesos de selección
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 La foncùJn pública spafi(J!a} ws principio; constitucionales en ti acceso ai empleopúblko
Comunidad,todoellomatizadopor[avigenciadeldeberconsrirucionaldeconocer el casrellano, que el art. rerccro de nuestra Norma Suprema impone a todos los espa fioles; y Quinto, que, cuando no medie alguna de estas circunstancias, sigue siendo plenamente aplicable la constante tesis jurisprudencial que considera discriminato­ ria la exigencia del conocimiento de los idiomas de las Comunidades Autónomas con carácter obligatorio, expreso o impHcito"257.
Una de las cuestiones que resta analizar respecto a las exigencias lingüfsnces en la selec­ cióndepersonal,essucompatibilidadconelmarconormativoeuropeoenelcual España se integra reconociendo un derecho de acceso a nacionales de otros estados
miembros, a ocupar puestos de trabajo de la Administración pública española bajo dererminados requisieos. GONZÁLEZ-VARAS IBÁÑEZ, expone su preocupación acerca de los efectos de la cooficialidad lingüística sobre la libertad de circulación de trabajadoresenelsenodelaUniónEuropeareconocidaporlosactualesTratados.Se dificulta sobremanera esa libertad comunitaria si, además del idioma del pafs al cual se
pretendeiratrabajar,seexigealtrabajadorunsegundoidiomaqueeselpropiodeuna región concreta de ese Estado. Este autor critica esta limitación interna que es un obs­ réculo para el pleno desarrollo de las libertades comunitarias basicasoe.
C) Las titulaciones académicas
Este elemento que aparece en la totalidad de convocaronas de acceso a la función
pública, y que puede manifesrarse tanto como requisite de admisibilidad, como mérito valorable en la fase de concurso, ha sido también objeto de análisis por la
doctrina administrativista y por la jurisprudencia conrencioso-adminisrrariva.
S7 Preci,amenœ en a,ención a dicha doctrina ha de lJrse • la conchu;ión de que. efectivamente, es discriminatori.l. exigenciadelconocimielHoddeu,k.",comor.quisimquedebenreunirlosaspimnte,defontan.ría,depin(U",ydealba· ñilerr.,olno "SI"'dichoconocimientovincul.doaldesempeñodelasmismlS.(STSde18d.enero d.2000,Ar. 1227). Sobre este pronunciamienlOjudicial Vid. GONZÁLEZ- HABA GUISADO, V. M., "Proceso, ,el.ctivos y lengu., vern­ culas", El Comu/tor tk lo, Ayu"t"mi,m$, J tk I", JuzgtU/os, nO 15/16, 2000. En Sentenci. del TSJ de Cato.luiia de 18 ci<: diciembre de 1001 (RJCA 20011199) S( dice resptcm .Ia exigencia dd c."ificodo oficial de nivel B de catalán. que bte es adecuado y proporcional pan el Cuerpo de Oficiales y Auxiliares, pt'o nO pa", el de Agentes, en cuanto que bros últi­ mOIlnodesarrollanenlap"ktiCl.actividadalgunaporesctitoy.rsolamentedeform.oral.
2 Vid. GONZÁLEZ-VARAS IBÁÑEZ, S., 'Spain is different (El mito de las lenguas)" &will b Admini<nruú1n
Es,a condición de conocimieruo queclTribunaldeJusticiadeI...ComunidadesEuropeashacreadopa",referirse'losobstóculOllalac=odelempleo
•
p,¡b!i". nG 156. 2001. 16 pig.
y.ig.
d.lenguas
cooficilt\cs
podria
entrar en ol
concepto
público que implican ""amien,o, dif.renci.l.. con lo, ex,ranjeros y que d.nomina "discriminaciones encubi.rt... e.po,ición de las scntencias del TJCE que han tratado «te concepto .n MASSO GARROTE. M.F., "Excursu' conc.p­ ,ualdefunciónpúblicaenelde"chocomuni,ario,,obrelanecesidaddem.nejarunconceptomaterialyfuncionalde funciónpública",Notù:i",b'"Uiá"Europ,a.n"173,1999,pág.50.
Una
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