Page 263 - Tres modelos comparados de función pública y sus procesos de selección
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La foncùJn pública spafi(J!a} ws principio; constitucionales en ti acceso ai empleopúblko
Comunidad,todoellomatizadopor[avigenciadeldeberconsrirucionaldeconocer el casrellano, que el art. rerccro de nuestra Norma Suprema impone a todos los espa fioles; y Quinto, que, cuando no medie alguna de estas circunstancias, sigue siendo plenamente aplicable la constante tesis jurisprudencial que considera discriminato ria la exigencia del conocimiento de los idiomas de las Comunidades Autónomas con carácter obligatorio, expreso o impHcito"257.
Una de las cuestiones que resta analizar respecto a las exigencias lingüfsnces en la selec cióndepersonal,essucompatibilidadconelmarconormativoeuropeoenelcual España se integra reconociendo un derecho de acceso a nacionales de otros estados
miembros, a ocupar puestos de trabajo de la Administración pública española bajo dererminados requisieos. GONZÁLEZ-VARAS IBÁÑEZ, expone su preocupación acerca de los efectos de la cooficialidad lingüística sobre la libertad de circulación de trabajadoresenelsenodelaUniónEuropeareconocidaporlosactualesTratados.Se dificulta sobremanera esa libertad comunitaria si, además del idioma del pafs al cual se
pretendeiratrabajar,seexigealtrabajadorunsegundoidiomaqueeselpropiodeuna región concreta de ese Estado. Este autor critica esta limitación interna que es un obs réculo para el pleno desarrollo de las libertades comunitarias basicasoe.
C) Las titulaciones académicas
Este elemento que aparece en la totalidad de convocaronas de acceso a la función
pública, y que puede manifesrarse tanto como requisite de admisibilidad, como mérito valorable en la fase de concurso, ha sido también objeto de análisis por la
doctrina administrativista y por la jurisprudencia conrencioso-adminisrrariva.
S7 Preci,amenœ en a,ención a dicha doctrina ha de lJrse • la conchu;ión de que. efectivamente, es discriminatori.l. exigenciadelconocimielHoddeu,k.",comor.quisimquedebenreunirlosaspimnte,defontan.ría,depin(U",ydealba· ñilerr.,olno "SI"'dichoconocimientovincul.doaldesempeñodelasmismlS.(STSde18d.enero d.2000,Ar. 1227). Sobre este pronunciamienlOjudicial Vid. GONZÁLEZ- HABA GUISADO, V. M., "Proceso, ,el.ctivos y lengu., vern culas", El Comu/tor tk lo, Ayu"t"mi,m$, J tk I", JuzgtU/os, nO 15/16, 2000. En Sentenci. del TSJ de Cato.luiia de 18 ci<: diciembre de 1001 (RJCA 20011199) S( dice resptcm .Ia exigencia dd c."ificodo oficial de nivel B de catalán. que bte es adecuado y proporcional pan el Cuerpo de Oficiales y Auxiliares, pt'o nO pa", el de Agentes, en cuanto que bros últi mOIlnodesarrollanenlap"ktiCl.actividadalgunaporesctitoy.rsolamentedeform.oral.
2 Vid. GONZÁLEZ-VARAS IBÁÑEZ, S., 'Spain is different (El mito de las lenguas)" &will b Admini<nruú1n
Es,a condición de conocimieruo queclTribunaldeJusticiadeI...ComunidadesEuropeashacreadopa",referirse'losobstóculOllalac=odelempleo
•
p,¡b!i". nG 156. 2001. 16 pig.
y.ig.
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concepto
público que implican ""amien,o, dif.renci.l.. con lo, ex,ranjeros y que d.nomina "discriminaciones encubi.rt... e.po,ición de las scntencias del TJCE que han tratado «te concepto .n MASSO GARROTE. M.F., "Excursu' conc.p ,ualdefunciónpúblicaenelde"chocomuni,ario,,obrelanecesidaddem.nejarunconceptomaterialyfuncionalde funciónpública",Notù:i",b'"Uiá"Europ,a.n"173,1999,pág.50.
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