Page 297 - Tres modelos comparados de función pública y sus procesos de selección
P. 297

 La libn circulación de trabajadIJrcs en el terrítorio de la Unión Europea
Hay que destacar la falta de desarrollo normativo del artfculo 39 TCE, puesto que hastalafechanohasidoposibleobtenerelconsensoprecisoparaelaborarDirectiva
alguna que racionalice la prolífica jurisprudencia del TJCE y la postura de la Comisión en un texto con eficacia y fuerza vinculante directa para los Estados miem­ bros. Sería recomendable dar el salto desde las soluciones "adpersonam"para el caso
singularizado a un marco general regulador del acceso a la función pública de los estados miembros por los ciudadanos que disfruten de la ciudadanfa europeaew.
Debetenerseencuenta,ajuiciodeBENGOETXEA,elcaráctercontingenredela reserva del artículo 39 TCE, ya que nada obsta a que los Estados miembros decidan no hacer uso de dicha autorización y abrir todos los puestos de trabajo de su AdminisrracionalosciudadanosdelaUnióndandoasíejemplodeespíritucomu­ niranos".
Muy al contrario de este desideratum, lo cierto es que las adaptaciones de los dere­ chos internos a las previsiones comunitarias han dejado bastante que desear, forzan­ do[aintervencióndelT]CEennumerosasreclamacionesoriginadasporlosciuda­ danos afectados o por las otras instituciones de Ia Unión Europea.
A)ReaccionesdelosEstadosmiembros:crónicaheterogéneadeuna común predisposición negativa
DesdeelmomentoenquelospaísesdelaUniónEuropeasetuvieronqueenfrentar al reto de abrir sus respeccivas funciones públicas, se encontraron por parte de bas­ tantes Estados miembros, posturas que eran partidarias de un criterio institucional porquesequeríaevitarlaelaboraciónalargoplazodeunanocióndeAdministración pública vía TJCE sin el protagonismo que a las esferas políticas debiera correspon­ derles. FUENTETA]A PASTOR y GUILLÉN CARAMES apuntan que Alemania,
lOO El hocho de que la noción "comuni,oria" de empleo en la Adminis,ración pbljca sea esoncialmen,e fruco de l. evo­ lución jurisprudencial dd l]CE. ha sido aitic.do pOt numerosos experws en derecho comunitario. por lo que ,iene de .<en,",oriocom",dprinçipiodeseguridadjurldk.yporque"genct":ldordenumero,oSli,igiosquecarganaúnmásl. labor dcl TlCE. Una expo.sici6n d. los principales ''llum,nros que otoc.n .st. ,i,uación de au,enci. de regulación en ALONSO CARCtA, R., ",Inconst¡,ucionalid.d sobrevenida del Tr;u.do CEE? Sob.. e1.C«$O a la función pública por los ciud.danOli romunitario,", &.MM EfHlO'" tÚ Dnrrho Admi,,;,trtJ';V<J. nG 76, 1992, plg. 604.
lOI Vid.BENGOETXEA,J.• "Problemasjurídico,yprác,icosdelai"sereinnd.ciudadanoscomunitariosen 1.Ii.mciOO públic;¡ de o,ros Estado, miembros". &.Mw Vasca tÚ himi"istTt/Ci" Nb/ica, nO 50, 1998.
2971
























































































   295   296   297   298   299