Page 371 - Tres modelos comparados de función pública y sus procesos de selección
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 III. I ANÁLISIS DE LOS REQUISITOS SUB]ETNOS PARA EL ACCESO
A) Nacionalidad española
Este requlsleo previsto en el artículo 30 a) de la LFCE está realmente avocado a ser utilizado de forma muy residual en canto que hablemos del acceso a la función públi­ ca española de nacionales de Estados miembros de [a Unión Europea (véase el capf-. tuia tercero dedicado a la función pública comunitariarê". Para los ciudadanos no comunitarios sigue teniendo un valor absoluto, salvo que se trate de personas inclui­ das en el ámbito de aplicación de Tratados internacionales celebrados por la Comunidad Europea y ratificados por España, en los que sea de aplicación la libre circulación de trabajadores. Recuérdese que estamos tratando de acceso a puestos
funcionariales,puestoqueesadmitidoplenamenteelaccesodeextranjerosnocomu­ nitarios a puestos de trabajo de tipo laboralsz'.
Es preciso hacer mención de la Ley 17/1993, de 23 de diciembre, sobre el acceso a determinados sectores de la Función Pública de los nacionales de estados miembros de la Comunidad Europea y a su Reglamento, el Real Decreto 543/2001, de 18 de mayo, sobre acceso al empleo público de la Adminiscración General del Estado y sus
378 Vid. MONEREO P£REZ. J. L. Y VIDA SORIA. J., 14 condkil,. M nm:io",,/id.ldLn l tUC4SO Ml/Mrso""l" ID. fflIpkol público" Serie ú(udios, INAP. Madrid, 1991.
l7'l En (<lles supuestos el gestor de recursos humanos deberá conocer y u(ili.. r la normari"" sobre atranjerla. Vid. PALO·
MAR OLMEDA, A., Rtgirnn. juridiC(! M ID• .,.frtl"j=': "'/MctIJS jurúliro-dmin;,frtlti"", ,obri 14 úy Y el &gl4mt,.", tk extranj,ri4, Aranzadi. Navarra, 2001.



























































































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