Page 388 - Tres modelos comparados de función pública y sus procesos de selección
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 Tm moátlos comparados dt Función Pública, SIU pro(tsos dt selección
pa del régimen [crfdico de los órganos colegiados, es decir, los artículos 22 a 27 de la LRJPAC. De este régimen jurídico pasaremos a exponer algunas reglas de aplica­ ción a los órganos selectivos del empleo público:
• La constitución del Tribunal exige la presencia de su Presidenreee y Secreearlo o,
en su caso, de quienes le sustituyan, y la de la mitad al menos, de sus miembros
(art.26.1Ley30/1992).Ahorabien,laLey30/1992abrelaposibilidaddeesra­ blecerunrégimenpropiodeconvocatoriassiaquelnoestáprevistoensusnor­ masdefuncionamiento.Talrégimenpodrápreverunasegundaconvocatoriay especificar para ésta el número de miembros necesarios para consricuir válida­ mente el órgano (art. 26.2 Ley 30/1992). Cabe destacar en cuanto a la consti­ tución que el TS, en Sentencia de 26 de julio de 1994 (Ar. 6107) que no es pre­ ciso, para rener la condición de miembro del tribunal, llegar al aero de constitu­ ciónformaldeésteyaqueningunanormaloexigeylaaptitudparasermiem­ bro del Tribunalla atribuye el acto de nombramiento.
• La convocatoria del Tribunal deberá hacerse por escrito y con una antelación mínima de cuarenta y ocho horas (art. 24.1 .a) Ley 30/1992), salvo los supuestos
de urgencia, •Respectodelaformadeadopcióndelosrespecrivosacuerdos,comoenelcaso
anterior,nosefacilirannormasespecíficasporlanormativaqueregulalospro­ cesosselectivosporloque,afaltadenormasespecïficasestablecidasenlacon­ vocatoria, nos remitimos a la LRJPAC, De lo previsto en la misma conviene resaltarvariosaspectos:Losacuerdosseadoptanporvotaciónordinariaycon caráctergeneral,pormayoriasimpledelosasistentescuyonúmero,enningún caso, podrá ser inferior a tres (art. 26,4 LRJPAC)404, salvo los acuerdos relativos alacalificacióndeejerciciosselectivosqueseguiránelprocedimientoprevistoen las Bases de la Convocatoria si as! se indica en estas405; existe voto de calidad del Presidenre(art.23.1.d)LRJPAC);nopodráserobjetodeacuerdoningúnasun­ to que no figure en el orden del dfa, salvo que estén presentes rodos Jos miem­ bros del órgano colegiado y sea declarada la urgencia del asunto por el VOtO favo­ rable de la mayoría absoluta del número legal de los miembros del órgano (art.
-lo» Asimismo dkba cucsi6n ha de ser JI1.iIiucb pua I; el Pidmte no "'tuVO du...ne d desarrollo de una eoposici6n cscritOpero,enelmomen."delaVOfaci6n,pudocona.con.odoslosdemm""depruebo.ncc=riop;>rolaalifiC:KÎ6n. no exiSie nulidad en cl acto po'<[ue éste tiene odw 101 uisitO$ imp,""indibl... alanzar su fin. Véase la STS <k 15 dc (cbrero de 1991 (Ar,317S).
40-1 El nún,cro de tres tiene uc Ser contado. incluy.:ndoIl Secrcwio,lÎempn:que ñte tenpdcrechoavoto qún" STS de IS de febreto de 1991 (Ar. 3175),
-tOS An. 4 g) R. D. 89611991.
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