Page 388 - Tres modelos comparados de función pública y sus procesos de selección
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Tm moátlos comparados dt Función Pública, SIU pro(tsos dt selección
pa del régimen [crfdico de los órganos colegiados, es decir, los artículos 22 a 27 de la LRJPAC. De este régimen jurídico pasaremos a exponer algunas reglas de aplica ción a los órganos selectivos del empleo público:
• La constitución del Tribunal exige la presencia de su Presidenreee y Secreearlo o,
en su caso, de quienes le sustituyan, y la de la mitad al menos, de sus miembros
(art.26.1Ley30/1992).Ahorabien,laLey30/1992abrelaposibilidaddeesra blecerunrégimenpropiodeconvocatoriassiaquelnoestáprevistoensusnor masdefuncionamiento.Talrégimenpodrápreverunasegundaconvocatoriay especificar para ésta el número de miembros necesarios para consricuir válida mente el órgano (art. 26.2 Ley 30/1992). Cabe destacar en cuanto a la consti tución que el TS, en Sentencia de 26 de julio de 1994 (Ar. 6107) que no es pre ciso, para rener la condición de miembro del tribunal, llegar al aero de constitu ciónformaldeésteyaqueningunanormaloexigeylaaptitudparasermiem bro del Tribunalla atribuye el acto de nombramiento.
• La convocatoria del Tribunal deberá hacerse por escrito y con una antelación mínima de cuarenta y ocho horas (art. 24.1 .a) Ley 30/1992), salvo los supuestos
de urgencia, •Respectodelaformadeadopcióndelosrespecrivosacuerdos,comoenelcaso
anterior,nosefacilirannormasespecíficasporlanormativaqueregulalospro cesosselectivosporloque,afaltadenormasespecïficasestablecidasenlacon vocatoria, nos remitimos a la LRJPAC, De lo previsto en la misma conviene resaltarvariosaspectos:Losacuerdosseadoptanporvotaciónordinariaycon caráctergeneral,pormayoriasimpledelosasistentescuyonúmero,enningún caso, podrá ser inferior a tres (art. 26,4 LRJPAC)404, salvo los acuerdos relativos alacalificacióndeejerciciosselectivosqueseguiránelprocedimientoprevistoen las Bases de la Convocatoria si as! se indica en estas405; existe voto de calidad del Presidenre(art.23.1.d)LRJPAC);nopodráserobjetodeacuerdoningúnasun to que no figure en el orden del dfa, salvo que estén presentes rodos Jos miem bros del órgano colegiado y sea declarada la urgencia del asunto por el VOtO favo rable de la mayoría absoluta del número legal de los miembros del órgano (art.
-lo» Asimismo dkba cucsi6n ha de ser JI1.iIiucb pua I; el Pidmte no "'tuVO du...ne d desarrollo de una eoposici6n cscritOpero,enelmomen."delaVOfaci6n,pudocona.con.odoslosdemm""depruebo.ncc=riop;>rolaalifiC:KÎ6n. no exiSie nulidad en cl acto po'<[ue éste tiene odw 101 uisitO$ imp,""indibl... alanzar su fin. Véase la STS <k 15 dc (cbrero de 1991 (Ar,317S).
40-1 El nún,cro de tres tiene uc Ser contado. incluy.:ndoIl Secrcwio,lÎempn:que ñte tenpdcrechoavoto qún" STS de IS de febreto de 1991 (Ar. 3175),
-tOS An. 4 g) R. D. 89611991.
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