Page 103 - VI Convenio Colectivo
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 Desarrollará, parcial o íntegramente, las funciones que se describen a continua- ción, de acuerdo con el proceso de actividad y los niveles de ejecución que garanti- cen la prestación del servicio público:
- Responder con carácter finalista de que los textos corregidos no contengan erro- res tipográficos y/o gramaticales, de conformidad con las normas establecidas.
- Corregir las galeradas individualmente o con ayuda.
- Comprobar o corregir todas las pruebas de fotocomposición y montaje.
- Verificar en las sucesivas pruebas que las correcciones han sido efectuadas en el sistema.
- Mantener Ja información del curso de todos los trabajos de preimpresión.
- El ejercicio de sus tareas se realizará bajo el mando y supervisión del superior, al cual mantendrá informado individualmente del desarrollo de Jos mismos, y espe- cialmente de las medidas preventivas a adoptar y de aquellas incidencias que pro- duzcan desviaciones del proceso de corrección, y, cuando así fuera ordenado, dicha información se formalizará documentalmente.
- Desarrollar aquellas funciones, tareas o actividades no especificadas anterior- mente y que sean necesarias para el normal cumplimiento de la función básica y de las funciones particulares expresadas. Tales funciones, tareas o actividades implíci- tas deberán estar de acuerdo con el grupo de clasificación, formación, experiencia laboral y características del puesto de trabajo integrado en esta categoría.
DELINEANTE
Son los trabajadores que~ bajo las órdenes de un titulado superior o medio, efectúan el desarrollo gráfico de toda clase de proyectos y trabajos de estudios. Deberán poseer los siguientes conocimientos:
- Aritmética, Álgfbra, Geometría a nivel de Bachiller Superior.
- Dibujo de perspectiva, Dibujo Cartográfico, Sombreados, realización de planos
topográficos interpretando Jos datos que hayan sido tomados en el terreno.
- Nociones de legislación relativas a la construcción y obras públicas.
- Realizarán también cualquier otro trabajo de similar o análoga naturaleza que se les pueda encomendar en relación con la actividad objeto de su función.




















































































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