Page 107 - VI Convenio Colectivo
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- Desarrollar aquellas funciones, tareas o actividades no especificadas anterior- mente y que sean necesarias para el normal cumplimiento de la función básica y de las funciones particulares expresadas. Tales funciones, tareas o actividades implíci- tas, deberán estar de acuerdo con el grupo de clasificación, formación, experiencia laboral y características del puesto de trabajo integrado en esta categoría.
GOBERNANTA
Son los trabajadores responsables de la organización, dirección, inspección y coor- dinación del trabajo del personal de servicio doméstico en los Centros y Dependencias que por sus características y volumen de trabajo así se establezca. Son funciones de estos trabajadores:
- Distribuir y organizar los servicios de comedor, oficio, lavandería, lencería y limpieza.
- Supervisar la labor de los empleados a su cargo, distribuyen las tareas y turnos de las personas asignadas, vigilando asimismo la higiene y uniformidad de éstos.
- Vigilar la conservación del mobiliario y enseres, así como el buen uso y econo- mía de los materiales, utensilios y maquinaria a su cargo, procediendo al recuento e inventario de los mismos.
- En coordinación con el Jefe de Cocina o Cocinero, se responsabiliza de la correc- ta marcha del servicio de comedor, distribución de comida, servicios especiales, montaje, limpieza y retirada del servicio.
- Supervisará, cuando existan contratos de limpieza, el buen funcionamiento de los servicio contratados, y en el caso de que no lo haya, dirigirá personalmente el tra- bajo del personal dedicado a estos menesteres.
INTÉRPRE:fEINFORMADOR
Son los trabajadores que, ejerciendo funciones administrativas, tienen como activi- dad principal, la de atención al público, en las Oficinas de Turismo, conociendo y apli- cando al menos dos idiomas modernos.
Asimismo realizarán cualquier otra función, de la misma o análoga naturaleza, que se les pueda encomendar.
JEFE DE COCINA
Son los trabajadores responsables de la dirección de la cocina y de todo el personal adscrito a ella, dirigirán y vigilarán la elaboración y condimentación de cuantos menús les sean aprobados por la dirección del centro; cuidarán de que los menús que se sirvan reúnan las condiciones exigidas, asimismo y cuando la importancia del servicio lo
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