Page 109 - VI Convenio Colectivo
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 - Participar, en el marco de las instrucciones generales de la dirección del centro, en la planificación y programación de actividades, bajo Jos criterios del personal téc- nico. ponder del cumplimiento, por parte de los residentes, de las normas de orden interno adoptadas por la dirección del centro.
- Aplicar en todo momento, las normas y/o técnicas para la adquisición y/o correc- ción de comportamientos sociales, higiénicas, de salud corporal o de carácter for- mativo en general.
- Aplicar al grupo de residentes que tenga asignados, el programa de actividades educativas complementarias a la formación ordinaria.
- Hacer un seguimiento de los menores bajo su responsabilidad, debiendo emitir verbalmente o por escrito los juicios y observaciones que le sean requeridos por la dirección del centro o el personal técnico. Controlar y/o corregir en su caso a los residentes en comedores, períodos de ocio descanso, lavabos instalaciones deporti- vas o de otra índole.
- Acompañar, controlar y/o corregir en su caso a los menores en el transporte a cen- tros educativos, centros de salud y otros puntos de destino.
- Colaborar con el personal técnico en las actividades de integración social que lleve a cabo con los menores.
- Realizarán la ejecución material de todas las tareas y actividades no descritas anteriormente y asociadas a la guarda legal de Jos menores residentes o a las medi- das y acuerdos que respecto a los mismos adopten los órganos administrativos y jurisdiccionales competentes, que incluidos en su área o áreas de especialidad, sean congruentes con su formación y experiencia, y le sean encomendadas por su supe- rior jerárquico y/o por el personal técnico correspondiente.
MONITOR DE RESIDENCIA ESCOLAR
Son los trabajadores que estando en posesión del Título de FP2, Rama Hogar, Especialidad Jardín de Infancia o Especialidad de Educador de Disminuidos Psíquicos, prestan servicios en las Residencias Escolares, ejerciendo las siguientes funciones:
- Celar y atender a Ja población escolar en las dependencias de la Residencia, en sus horarios correspondientes, dentro de la normativa de Régimen Interior de Ja misma.
- Velar por el cumplimiento de las conductas normales en Ja relación convivencia) y humana dentro del ámbito de la Residencia Escolar.
- Atender el cumplimiento, por parte de los Residentes, de las normas habituales de higiene y salud corporal.
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