Áreas de Oportunidad y Ordenación del Territorio en Andalucía
CAPÍTULO 1: LAS ÁREAS DE OPORTUNIDAD EN LA PLANIFICACIÓN TERRITORIAL DE ÁMBITO SUBREGIONAL EN ANDALUCÍA 81 que separa dos términos municipales, un municipio optase por clasificar dicho suelo como no urbanizable en su categoría de especial protección y el municipio vecino, impulsase su desarrollo mediante la innovación de su planeamiento (en aquellos casos en que el municipio disponía del mismo), como suelo urbanizable a fin de favorecer su ulterior desarrollo. No es más que un mero ejemplo que trata de ser ilustrativo de las situaciones tan dispares que desde una perspectiva local del territorio pueden, en ocasiones, tener lugar. Importante es resaltar los años en que nos encontramos, años de pleno “boom” económico e inmobiliario. Las cuestiones planteadas, entre otras, hacían necesario y urgente actuar sobre aquellas zonas e implantar una visión territorial supralocal a través de la planifi- cación territorial. Esta etapa se caracteriza por mantener los objetivos que hasta el momento habían imperado en la planificación territorial andaluza, tales como la articulación territorial, pero focalizando y enfatizando otros que a partir de esta etapa llegarán a equipararse en relevancia a aquellos originarios. En concreto, los aspectos referidos a la importancia de la cohesión social y el equilibrio territorial, junto a un desarrollo ordenado de los usos del suelo para la adecuada integración del espacio. La figura elegida para la materialización de estos objetivos es, precisamente, el AAO. 3.3.1. POTS de la Costa del Sol Occidental de Málaga La aprobación del POTS de la Costa Occidental de Málaga 63/64 , supuso una oportunidad en sí mismo para dicho ámbito 65 , especialmente complejo por 63. Como ya se ha señalado, tras la declaración de nulidad, se viene elaborando un nuevo instrumento para este ámbito, formulado por Decreto 143/2017, de 29 de agosto. 64. Procedimiento de elaboración del POTS de la Costa del Sol Occidental de Málaga: – Acuerdo de formulación por Decreto 8/2004, de 20 de enero de 2004, por el que se acuerda la formulación del Plan de Ordenación del Territorio de la Costa del Sol Occidental (BOJA núm. 29, de 12/02/ 2004). – Redacción del documento: febrero 2004 a diciembre de 2004. – Anuncio sobre información pública del Plan de Ordenación del Territorio de la Costa Occidental de Málaga (BOJA núm. 240, de 10/12/2004), con apertura del plazo para sometimiento a información pública del documento por un plazo de dos meses. – Resolución de 8 de noviembre de 2005, sobre información pública del Plan de Ordenación del Territorio de la Costa del Sol Occidental de Málaga (BOJA núm. 224, de 16/11/2005). Segunda in- formación pública del plan, durante un plazo de dos meses, justificado, según la citada resolución, por “analizadas las alegaciones presentadas se concluye la necesidad de introducir modificaciones sustanciales en el Plan y por tanto abrir un período de información pública”. – Aprobado por Decreto 142/2006, de 18 de julio, por el que se aprueba el Plan de Ordenación del Territorio de la Costa del Sol de la provincia de Málaga y se crea su Comisión de Seguimiento (BOJA núm. 196, de 09/10/2006). – Entrada en vigor el 10 de octubre de 2006, conforme a lo previsto en la disposición final tercera del Decreto 142/2006. 65. Integrado por los términos municipales de: Benahavís, Casares, Estepona, Fuengirola, Istán, Manilva, Marbella, Mijas y Ojén.
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