Página 104 - Buen Gobierno y Gobierno Corporativo_Actas

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FRANCISCO JOSÉ LEÓN SANZ
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normas de gobierno corporativo al ordenamiento interno de las sociedades cotizadas
y la intensificación de la transparencia. De este modo, con independencia de la legis-
lación aplicable al emisor de valores, se garantiza la asunción voluntaria de normas
de buen gobierno y, mediante la publicidad, se presiona a favor de la corrección de
la gestión y del control en interés de los inversores. Se trata de un planteamiento que
se apoyaba en buena medida en las consideraciones realizadas por la corriente del
análisis económico del Derecho, que promueve la liberalización y la flexibilización
del régimen del gobierno corporativo de las sociedades cotizadas desde el punto de
vista de la eficiencia de los mercados de valores.
En este contexto es en el que se aprueba en España el primer Código de Buen Go-
bierno, conocido como Código Olivencia, en 1998. Este Código tenía por objeto el
establecimiento de una serie de normas sobre el funcionamiento de los Consejos de
administración. Se recomendaba la asunción voluntaria de su contenido por las so-
ciedades cotizadas y la publicación de un informe, también de forma voluntaria, en
el que se expresara el grado de cumplimiento del Código de Buen Gobierno. Con el
objetivo de facilitar el cumplimiento de las recomendaciones del Código Olivencia,
por carta del Presidente de la CNMV de 20 marzo de 2000, se elaboró un modelo
de informe sobre gobierno corporativo que podía ser publicado anualmente por las
sociedades cotizadas de forma voluntaria.
La Sección mercantil de la Comisión General de Codificación tomó la iniciativa
de llevar a cabo una reforma en profundidad de la estructura corporativa de las so-
ciedades anónimas en la Propuesta de Código de Sociedades Mercantiles de 16 de
mayo de 2002. La Propuesta respondía a un planteamiento más ambicioso y se hacía
desde una perspectiva más institucional en el tratamiento de las cuestiones relativas
al gobierno corporativo de las sociedades cotizadas. Finalmente la iniciativa no llegó
a aprobarse como Ley.
A raíz de las crisis empresariales que se producen en los inicios del 2000 se aprue-
ban una serie de reformas en materia de gobierno corporativo dirigidas a potenciar la
fiabilidad de la información financiera. Es en este contexto en el que se establece
la obligación de contar con una comisión de auditoría. La transparencia y la obser-
vancia de los códigos de gobierno de las sociedades cotizadas se refuerzan a su vez
mediante el principio de “
comply or explain
” “cumple o explica (porque no cumples)”.
La crisis de Enron de 2001, de Worldcom en el 2002 así como de otras grandes entida-
des tanto en Estados Unidos como en otros países dio lugar a importantes reformas en
el ámbito del gobierno corporativo de las sociedades cotizadas en Estados Unidos y en
el resto del mundo. En Estados Unidos se aprobó la conocida como Sarbanes-Oxley
Act en 2002 que trató de mejorar la fiabilidad de la información financiera y de los
procesos de auditoría y de contabilidad, así como otorgar una mayor protección a los