FRANCISCO JOSÉ LEÓN SANZ
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empresa de titularidad pública ni tratan de la forma en que se haya de asegurar la
consecución de estos intereses ni de las medidas de Derecho público que se hayan de
aplicar por tratarse de un ente de titularidad pública. Todas estas cuestiones se puede
decir que quedan referidas a la normativa propia de los diferentes Estados. La preo-
cupación que subyace a las
Guidelines
no es otra que la de potenciar la confianza de
los mercados financieros internacionales en que las empresas de titularidad pública
que puedan participar en estos mercados estén gestionadas con estándares de gobier-
no corporativo equivalentes a las empresas de titularidad privada.
Las
Guidelines
persiguen un triple objetivo: la profesionalización de la gestión de las
empresas de titularidad pública, la actuación de las empresas de titularidad pública
con niveles de eficiencia, transparencia y responsabilidad equivalentes a las empre-
sas de titularidad privada y la garantía de que las empresas públicas van a competir
en las mismas condiciones que las empresas privadas.
Desde la perspectiva de la consecución de estos objetivos, las empresas de titulari-
dad pública presentan una serie de problemas específicos de esta clase de empresas.
Por un lado, en ocasiones, las razones de interés público y el ejercicio de la titulari-
dad por los poderes públicos se pueden traducir en una menor eficiencia y, también,
en una menor transparencia y responsabilidad en el ámbito específico de la actividad
empresarial en comparación con las empresas de titularidad privada. Por otro lado,
también es frecuente el supuesto inverso, la pasividad por parte de los poderes públi-
cos en relación con el control de las empresas de titularidad pública. Además, en el
sector público empresarial no cabe que las deficiencias en la gestión se “sancionen”
mediante la presentación de OPAs. Ordinariamente tampoco se plantean las cuestio-
nes de insolvencia de la misma manera que en las empresas de titularidad privada.
En fin, las situaciones de conflicto de interés en las empresas de titularidad pública
presentan una gran complejidad y comprenden supuestos potencialmente más hete-
rogéneos que los que se suscitan en las empresas de titularidad privada (los ejecu-
tivos, el Consejo de Administración y el control público de la Junta general, pero
también, la designación de cargos, los empleados públicos asignados a la empresa
de titularidad pública, las relaciones con la Administración encargada de la tutela de
la empresa de titularidad pública, etc.).
Las
Guidelines
se ocupan de siete áreas diferentes que afectan al gobierno corpo-
rativo de las empresas de titularidad pública: los motivos que justifican la creación
de las empresas de titularidad pública, el papel del Estado en su condición de titular
de la empresa pública, la consideración de la empresa de titularidad pública en el
mercado, la igualdad de trato con los accionistas e inversores, las relaciones con
los
stakeholders
, la transparencia y la responsabilidad de los administradores. En la
exposición de su contenido se va a dar prioridad a una visión integrada del conjunto