FRANCISCO JOSÉ LEÓN SANZ
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de auditoría). La aplicación de principios de contabilidad de la empresa privada así
como de auditorías privadas suele venir requerida en los mercados financieros inter-
nacionales por la necesidad de emplear instrumentos estandarizados en la informa-
ción que se difunde en estos mercados. Las cuentas anuales y el informe de auditoría
de las entidades públicas empresariales se han de publicar, además, de conformidad
con lo dispuesto en el artículo 8 de la Ley de Transparencia. Asimismo, habrán de
cumplir con lo dispuesto en materia de responsabilidad social empresarial por los
artículos 35 y 39 de la Ley de Economía Sostenible.
VIII. CONSIDERACIONES FINALES
Las reformas que se han producido en el ámbito de las sociedades cotizadas tienen
un alcance relativo, a pesar de su indiscutible relevancia. Y es que, en el contexto
actual de internacionalización de los mercados financieros, no parece que se pueda
producir un cambio en el modelo de configuración y en los fines que se pretenden
conseguir en el tratamiento de las cuestiones del gobierno corporativo desde la pers-
pectiva de la confianza de los mercados de valores. De acuerdo con este objetivo,
tampoco cambia la manera de abordar la regulación del gobierno corporativo de las
sociedades cotizadas: se apoya en la autorregulación de las propias sociedades; se
potencian los códigos de gobierno corporativo como conjunto de recomendaciones
asumidas voluntariamente; se promueve la transparencia de la estructura corporativa
y de los sistema de remuneración; se establecen normas imperativas en temas con-
cretos por claras razones de interés general.
En este marco, la reforma del gobierno corporativo que se ha producido y que toda-
vía se está desarrollando en este momento trata de resolver algunas de las deficien-
cias que se han puesto de manifiesto con ocasión de la crisis de 2008: la potenciación
de la función de control por el Consejo de Administración, el establecimiento de
procedimientos apropiados en materia de gestión de riesgos, la previsión de medidas
que permitan asegurar la idoneidad de los consejeros ejecutivos y de los consejeros
que desempeñan funciones de control, la determinación de sistemas de remunera-
ción adecuados, el reforzamiento de la Junta general, un tratamiento más estricto
de las situaciones de conflicto de interés y la participación activa de los inversores
institucionales en la vida social.
En él ámbito de las empresas del sector público las
Guidelines
proponen, desde
la perspectiva de la confianza en los mercados financieros internacionales, que las
empresas del sector público se tiendan a equiparar a las sociedades cotizadas en
materia de gobierno corporativo. Con este objetivo, recomiendan que la creación de
las empresas de titularidad pública responda al principio de eficiencia y de creación
de valor de la sociedad.