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COMUNICACIONES A LAMESA REDONDA PRIMERA
DEBER DE OBEDIENCIA DEL EMPLEADO PÚBLICO
Y SUS LÍMITES
M.ª Dolores Pérez Pino
Letrada de la Junta de Andalucía
SUMARIO: I. É
tica
de
la
neutralidad
. 1. Regulación del deber de obediencia. 2. Regu-
lación de la sanción al incumplimiento del deber de obediencia. 2.1.
Responsabilidad
disciplinaria / administrativa
. 2.2.
Responsabilidad penal
. 3. Límites. 4. Objeción de
conciencia. II. É
tica de
la
estructura
.
A pesar del título de mi comunicación, no pretendo ir más allá de lo que son unas
simples reflexiones a la vista del estado actual de la cuestión.
Y es que sobre este tema, se ha escrito mucho, y se ha debatido más aún por lo que
todavía nos planteamos si nuestro Ordenamiento Jurídico ha sido capaz de respon-
der a las dudas que suscita al servidor público la desobediencia de una orden de su
superior jerárquico cuya antijuridicidad no resulta manifiesta.
Y para comenzar no podemos sino traer a colación, como ya hacía el Profesor Villo-
ría Mendieta el estudio que Hanna Arendt, filósofa alemana realizó en 1963 sobre el
“caso Eichmann”.
Adolf Eichmann fue un teniente coronel de la SS encargado de la“cuestión judía” y,
en concreto, de la gestión de la “solución final” que, al acabar la II Guerra Mundial,
consiguió huir a Argentina. Allí fue capturado por los servicios secretos de Israel y
llevado a Jerusalem, donde se le juzgó y condenó a muerte. En el juicio, su defensa
se basó en que él era un funcionario que cumplía órdenes, y además era un excelente
funcionario que actuaba con eficacia, eficiencia e imparcialidad.
Esta sería la denominada ética de la neutralidad, entendida como aquella en virtud de
la cuál, los funcionarios lo único que deben hacer es cumplir las leyes y las órdenes