Página 196 - Buen Gobierno y Gobierno Corporativo_Actas

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XABIER UNANUE ORTEGA
196
Principio 3: Las
sociedades
deben informar con cla-
ridad en la
junta general
sobre el grado de cumpli-
miento de las recomendaciones del Código de buen
gobierno
Las
sociedades
son plenamente libres para seguir, o
no, las recomendaciones de
gobierno corporativo
incorporadas a este Código de buen gobierno, pues
no son imperativas y algunas, por estar concebi-
das para el caso general o para grandes
empresas
,
pueden no resultar adecuadas para una
compañía
concreta. Ahora bien, los
accionistas,
inversores y
demás grupos de interés deben poder conocer los
principios y estándares de
gobierno corporativo
que siguen efectivamente las
sociedades cotizadas
y, en particular, las razones por las que una
compa-
ñía
no aplica determinadas recomendaciones.
Con la finalidad de reforzar la transparencia, se reco-
mienda que los administradores informen en la
jun-
ta general
ordinaria
de los cambios más relevantes
acaecidos en materia de
gobierno corporativo
y
expliquen con claridad las razones por las que, en su
caso, la
compañía
no sigue alguna de las recomen-
daciones del Código de buen gobierno.
Recomendación 3
Que durante la celebración de la
junta general or-
dinaria,
como complemento de la difusión por es-
crito del informe anual de
gobierno corporativo
,
el
presidente del
consejo de administración
informe
verbalmente a los
accionistas,
con suficiente detalle,
de los aspectos más relevantes del
gobierno corpo-
rativo
de la
sociedad
y, en particular:
a) De los cambios acaecidos desde la anterior
junta
general ordinaria.
b) De los motivos concretos por los que la
compa-
ñía
no sigue alguna de las recomendaciones del
Código de buen gobierno y, si existieran, de las
reglas alternativas que aplique en esa materia.
Principio 3: Las
instituciones o entidades públicas
deben informar con claridad en
el parlamento
sobre
el grado de cumplimiento de las recomendaciones
del Código de buen gobierno
Las
instituciones o entidades públicas
son plena-
mente libres para seguir, o no, las recomendaciones
de
buen gobierno
incorporadas a este Código de
buen gobierno, pues no son imperativas y algunas,
por estar concebidas para el caso general o para
grandes
instituciones o entidades públicas
, pueden
no resultar adecuadas para una
institución o enti-
dad pública
concreta. Ahora bien, los
ciudadanos
o agentes sociales,
inversores y demás grupos de
interés deben poder conocer los principios y estánda-
res de
buen gobierno
que siguen efectivamente las
instituciones o entidades públicas
y, en particular,
las razones por las que una
institución o entidad pú-
blica
no aplica determinadas recomendaciones.
Con la finalidad de reforzar la transparencia, se re-
comienda que los administradores informen en la
se-
sión del parlamento
de los cambios más relevantes
acaecidos en materia de
buen gobierno
y expliquen
con claridad las razones por las que, en su caso, la
institución o entidad pública
no sigue alguna de las
recomendaciones del Código de buen gobierno.
Recomendación 3
Que durante la celebración de la
sesión del parla-
mento,
como complemento de la difusión por escrito
del informe anual de
buen gobierno
,
el presidente
del
gobierno o la dirección de la entidad
informe
verbalmente a los
ciudadanos o agentes sociales,
con suficiente detalle, de los aspectos más relevantes
del
buen gobierno
de la
institución o entidad pú-
blica
y, en particular:
a) De los cambios acaecidos desde la anterior
se-
sión del parlamento.
b) De los motivos concretos por los que la
institu-
ción o entidad pública
no sigue alguna de las
recomendaciones del Código de buen gobierno y,
si existieran, de las reglas alternativas que apli-
que en esa materia.