XABIER UNANUE ORTEGA
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III.3.3.2 Frecuencia de sus reuniones y asistencia de
los
consejeros
Principio 14: El
consejo de administración
se re-
unirá con la frecuencia necesaria para el correcto
desarrollo de sus funciones de administración y su-
pervisión y con la presencia de todos o una amplia
mayoría de sus miembros
El
consejo de administración
debe mantener una
presencia constante en la vida de la
sociedad
. Para
ello, debe reunirse con la frecuencia necesaria para
desempeñar con eficacia sus funciones de adminis-
tración, de supervisión y de control del equipo di-
rectivo, de las distintas comisiones y de, en caso de
existir, la
comisión
ejecutiva.
Se recomienda para las
sociedades
cotizadas
un mí-
nimo de ocho reuniones del
consejo de administra-
ción
al año, debiendo ajustarse a un calendario y a
asuntos previamente establecidos y permitiendo que
cada
consejero
pueda proponer puntos adicionales al
orden del día inicialmente no previstos.
Deberían evitarse las ausencias de los
consejeros
y, cuando estas sean inevitables, la representación
debería conferirse con instrucciones precisas de
voto. A este respecto, con el objetivo de evitar que
se modifique de facto el equilibrio del
consejo de
administración
, la legislación
mercantil
establece
que los
consejeros
podrán delegar, en estos casos, su
representación en otro
consejero
y que, en el caso de
los
consejeros
no ejecutivos, sólo podrán hacerlo en
otro no ejecutivo (
Artículo 529 quáter de la Ley de
Sociedades de Capital
).
Recomendación 26
Que el
consejo de administración
se reúna con la
frecuencia precisa para desempeñar con eficacia sus
funciones y, al menos, ocho veces al año, siguiendo
el programa de fechas y asuntos que establezca al
inicio del ejercicio, pudiendo cada
consejero
indi-
vidualmente proponer otros puntos del orden del día
inicialmente no previstos.
Recomendación 27
Que las inasistencias de los
consejeros
se reduzcan
a los casos indispensables y se cuantifiquen en el in-
forme anual de
gobierno corporativo
. Y que, cuan-
do deban producirse, se otorgue representación con
instrucciones.
Recomendación 28
Que cuando los
consejeros
o el secretario manifies-
ten preocupación sobre alguna propuesta o, en el
caso de los
consejeros
, sobre la marcha de la
socie-
dad
y tales preocupaciones no queden resueltas en
el
consejo de administración
, a petición de quien
las hubiera manifestado, se deje constancia de ellas
en el acta.
III.3.3.2 Frecuencia de sus reuniones y asistencia de
los
altos cargos o directivos
Principio 14: El
gobierno o dirección de la entidad
se reunirá con la frecuencia necesaria para el correc-
to desarrollo de sus funciones de administración y
supervisión y con la presencia de todos o una amplia
mayoría de sus miembros
El
gobierno o dirección de la entidad
debe mante-
ner una presencia constante en la vida de la
institu-
ción o entidad pública
. Para ello, debe reunirse con
la frecuencia necesaria para desempeñar con eficacia
sus funciones de administración, de supervisión y de
control del equipo directivo, de las distintas
órganos
y de, en caso de existir, el
órgano
ejecutivo.
Se recomienda para las
instituciones o entidades
públicas
un mínimo de ocho reuniones del
gobierno
o dirección de la entidad
al año, debiendo ajustarse
a un calendario y a asuntos previamente establecidos
y permitiendo que cada
alto cargo o directivo
pueda
proponer puntos adicionales al orden del día inicial-
mente no previstos.
Deberían evitarse las ausencias de los
altos cargos o
directivos
y, cuando estas sean inevitables, la repre-
sentación debería conferirse con instrucciones preci-
sas de voto. A este respecto, con el objetivo de evitar
que se modifique de facto el equilibrio del
gobierno
o dirección de la entidad
, la legislación
adminis-
trativa o constitucional
establece que los
altos car-
gos o directivos
podrán delegar, en estos casos, su
representación en otro
alto cargo o directivo
y que,
en el caso de los
altos cargos o directivos
no ejecu-
tivos, sólo podrán hacerlo en otro no ejecutivo (
…
).
Recomendación 26
Que el
gobierno o dirección de la entidad
se reúna
con la frecuencia precisa para desempeñar con efi-
cacia sus funciones y, al menos, ocho veces al año,
siguiendo el programa de fechas y asuntos que es-
tablezca al inicio del ejercicio, pudiendo cada
alto
cargo o directivo
individualmente proponer otros
puntos del orden del día inicialmente no previstos.
Recomendación 27
Que las inasistencias de los
altos cargos o directivos
se reduzcan a los casos indispensables y se cuantifi-
quen en el informe anual de
buen gobierno
. Y que,
cuando deban producirse, se otorgue representación
con instrucciones.
Recomendación 28
Que cuando los
altos cargos o directivos
o el secreta-
rio manifiesten preocupación sobre alguna propuesta
o, en el caso de los
altos cargos o directivos
, sobre
la marcha de la
institución o entidad pública
y tales
preocupaciones no queden resueltas en el
gobierno o
dirección de la entidad
, a petición de quien las hubie-
ra manifestado, se deje constancia de ellas en el acta.