MERCEDES IZQUIERDO BARRAGÁN
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• Ley 19/2013 de Transparencia, Acceso a la Información y Buen Gobierno;
• Ley 20/2013 de unidad de mercado;
• Ley 14/2013 de Apoyo al Emprendimiento y la Internacionalización;
• Ley 27/2013 de Racionalización y Sostenibilidad de la Administración Local;
• Ley 15/2014 de Racionalización del Sector Público y otras medidas de reforma
administrativa.
• Real Decreto-Ley 17/2014, de medidas de sostenibilidad financiera de las
CCAA y EELL y otras de carácter económico.
• Ley 3/2015 reguladora del ejercicio de Alto cargo en la Administración Gene-
ral del Estado.
• Ley 18/2015, modifica la Ley 37/2007 sobre reutilización de la información del
sector público.
• Ley 39/2015, del Procedimiento Administrativo Común de las Administracio-
nes Públicas.
• Ley 40/2015, de Régimen jurídico del Sector Público.
– En el orden autonómico andaluz destacan:
• Decreto-ley 5/2014, de medidas normativas para reducir las trabas administra-
tivas para las empresas.
• Decreto-ley 7/2014, de medidas urgentes para la aplicación de la Ley 27/2013
de Racionalización y Sostenibilidad de la Administración Local.
• Ley 1/2014, de Transparencia Pública Administrativa.
• Decreto 289/2015, regula la organización administrativa en materia de transpa-
rencia pública en el ámbito de la Administración de Junta de Andalucía y sus
entidades instrumentales.
• Decreto 434/2015, regula el Estatuto del Consejo de la Transparencia y Protec-
ción de Datos de Andalucía.
Junto con el desarrollo y aplicación práctica de toda la normativa expuesta, en el
ámbito andaluz, existe necesidad de adaptar nuestra legislación a los principios se-
ñalados, para lo que se han anunciado diversas medidas legislativas como:
– El desarrollo del Estatuto Básico del Empleado Público
– Modificación de la Ley de la Administración de la Junta de Andalucía.
– Ley de Buen Gobierno y Estatuto de los Altos Cargos.
– Ley de Acceso a los Beneficios Públicos y de medidas contra el fraude fiscal.
– Modificación de la legislación patrimonial
En definitiva, las medidas legislativas son necesarias e imprescindibles para aplicar
la nueva gobernanza en el actuar administrativo, pero para su efectiva aplicación
han de venir acompañadas de medios suficientes para ponerlas en marcha y sobre
todo para su continua transformación como se ha expuesto a lo largo de esta breve
exposición.