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LUIS GARCÍA DEL RÍO
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Por lo tanto, y sin ánimo de entrar en un planteamiento exhaustivo, podríamos indicar
que la corrupción en el plano legal, se refiere a aquellos comportamientos ilícitos de
funcionarios y administradores tras los cuales subyace una finalidad de aprovecha-
miento particular, mientras que en el plano social la percepción de corrupción viene
determinada por un fenómeno asociado esencialmente al ámbito de la clase política
y de las administraciones públicas, tamizado por los medios de comunicación, en
el que basado en la generalizada e injusta convicción de que quienes desempeñan
tales funciones, persiguen una finalidad de aprovechamiento económico ilícito, se
selecciona en virtud de criterios, a veces de gravedad, a veces de conveniencia u
oportunidad, a los sujetos que han de ser expuestos ante la ciudadanía como respon-
sables de tales actos.
La corrupción también se traduce socialmente en comportamientos o procedimien-
tos que, sin tener relevancia penal, sin embargo son percibidos por los ciudadanos
como ejemplos de malos funcionamientos del sistema, cuestión que nos remite a
la cuestión de las “corrupciones autorizadas” del propio sistema y finalmente las
corruptelas, vienen a constituir el margen de autocomplacencia particular que el ciu-
dadano auto-justificado por el grave clima de corrupción política, se concede a si
mismo, en la inobservancia de determinadas disposiciones y reglas de actuación,
también, en la mayor parte de casos, con aprovechamiento particular y lucrativo en
perjuicio de los intereses públicos, teniendo estas últimas, sin embargo, un elevado
nivel de aceptación social.
4. Reflexiones en relación con la situación a nivel internacional
Abandonemos siquiera brevemente las referencias a nuestro país, para pasar a referir-
nos a la situación a nivel internacional. Creo que, sin perjuicio de que cualquier índice
puede ser erróneo en cuanto a simplificar en exceso las situaciones, la mejor referencia
viene determinada por el Índice sobre percepción de la corrupción que publica anual-
mente Transparencia Internacional, que puede ser consultado en su página web.
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A nivel internacional creo sinceramente que los esfuerzos en la lucha contra la co-
rrupción presentan –si los comparamos con la situación que se vive en nuestro país–,
más luces que sombras. A nivel internacional, se ha percibido claramente que la
lucha contra la corrupción no puede descansar exclusivamente en la reacción penal.
En ese sentido expondré varios ejemplos.
De una parte, la generación de acuerdos internacionales de lucha contra la corrup-
ción que, especialmente en el caso de la OCDE, han ofrecido resultados importantes.
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 http://www.transparency.org/cpi2014/results Corruption Perception Index 2014 “CPI” 2014.