LUIS GARCÍA DEL RÍO
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A lo anterior, deberíamos añadir la identificación de los principios de gobernanza en
materia específicamente presupuestaria, pudiendo citar a dicho efecto el documento
de la OCDE sobre Gobernanza Presupuestaria.
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A su vez y en este sentido, podemos citar los principios de la Ley 2/2012 de esta-
bilidad presupuestaria y sostenibilidad financiera: Estabilidad, sostenibilidad, plu-
rianualidad, trasparencia, eficiencia, responsabilidad y lealtad institucional.
4.º Asegurarán un trato igual y sin discriminaciones de ningún tipo en el ejercicio de sus funciones.
5.º Actuarán con la diligencia debida en el cumplimiento de sus obligaciones y fomentarán la calidad en la
prestación de servicios públicos.
6.º Mantendrán una conducta digna y tratarán a los ciudadanos con esmerada corrección.
7.º Asumirán la responsabilidad de las decisiones y actuaciones propias y de los organismos que dirigen, sin
perjuicio de otras que fueran exigibles legalmente.
b) Principios de actuación:
1.º Desempeñarán su actividad con plena dedicación y con pleno respeto a la normativa reguladora de las
incompatibilidades y los conflictos de intereses.
2.º Guardarán la debida reserva respecto a los hechos o informaciones conocidos con motivo u ocasión del
ejercicio de sus competencias.
3.º Pondrán en conocimiento de los órganos competentes cualquier actuación irregular de la cual tengan
conocimiento.
4.º Ejercerán los poderes que les atribuye la normativa vigente con la finalidad exclusiva para la que
fueron otorgados y evitarán toda acción que pueda poner en riesgo el interés público o el patrimonio de las
Administraciones.
5.º No se implicarán en situaciones, actividades o intereses incompatibles con sus funciones y se abstendrán
de intervenir en los asuntos en que concurra alguna causa que pueda afectar a su objetividad.
6.º No aceptarán para sí regalos que superen los usos habituales, sociales o de cortesía, ni favores o servi-
cios en condiciones ventajosas que puedan condicionar el desarrollo de sus funciones. En el caso de obsequios
de una mayor relevancia institucional se procederá a su incorporación al patrimonio de la Administración
Pública correspondiente.
7.º Desempeñarán sus funciones con transparencia.
8.º Gestionarán, protegerán y conservarán adecuadamente los recursos públicos, que no podrán ser utiliza-
dos para actividades que no sean las permitidas por la normativa que sea de aplicación.
9.º No se valdrán de su posición en la Administración para obtener ventajas personales o materiales.
3. Los principios establecidos en este artículo informarán la interpretación y aplicación del régimen san-
cionador regulado en este título.
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Recomendación del Consejo sobre GOBERNANZA PRESUPUESTARIA de18 de febrero de 2015
Los diez principios de buena gobernanza presupuestaria predecibles para la política fiscal
1. Gestionar los presupuestos dentro de límites claros, creíbles y
2. Alinear estrechamente los presupuestos con las prioridades estratégicas a mediano plazo del gobierno.
3. Diseñar el marco del presupuesto de capital con el fin de satisfacer las necesidades nacionales de de-
sarrollo de forma rentable y coherente.
4. Asegurar que los documentos y datos presupuestarios son abiertos, transparentes y accesibles.
5. Propiciar un debate incluyente, participativo y realista sobre las alternativas presupuestarias.
6. Presentar cuentas completas, exactas y fiables de las finanzas públicas.
7. Planificar, gestionar y supervisar activamente la ejecución del presupuesto.
8. Garantizar que los resultados, la evaluación y la relación coste/prestación forman parte integrante del
proceso presupuestario.
9. Identificar, evaluar y gestionar con prudencia la sostenibilidad a largo plazo y otros riesgos fiscales.
10. Promover la integridad y calidad de las previsiones presupuestarias, los planes fiscales y la implemen-
tación presupuestaria mediante un rigoroso control de calidad que incluya una auditoria externa.