ALBERTO PALOMAR OLMEDA
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Keywords
: transparency, good governance, economic, budgetary, accounting liability,
management responsibilities, senior status, disciplinary system.
I. INTRODUCCIÓN
El concepto de buen gobierno en las instituciones públicas y privadas es, sin duda,
un concepto omnicomprensivo en el que no parece demasiado necesario formular
desgloses conceptuales sobre las diferentes facetas que conforman el mismo y en el
que, muy a menudo, existen componentes de comportamiento ético, de gestión, de
procedimientos, de ordenación de las organizaciones, etc. En suma, el buen gobierno
es una forma diferente –y en gran medida convencional– de formar la voluntad de
los órganos decisorios de una organización.
Podemos indicar que lo que hoy conocemos como buen gobierno, como los con-
ceptos ligados al gobierno corporativo, al compliance y, en general, al soft low son
elementos de los que se han ido dotando las organizaciones y que se sitúan por en-
cima de las propias exigencias de organización en su propia concepción legal para
conseguir un mayor acierto, eficacia y ordenación de la gestión de las mismas.
La capacidad organizativa inherente a la propia estructuración de las entidades pue-
de haber conducido a instaurar una forma de gestión y de práctica que, finalmente,
haya dejado mucho que desear y cuya solución final se ha situado, a menudo, en
momentos y en términos que admiten poco remedios.
Esto es lo que llevó a pensar que la prevención de la crisis podría hacerse trasladando
a un momento anterior (el de la toma de decisiones) el compromiso con las “otras
formas de hacer las cosas”. Esta el filosofía última de la responsabilidad social cor-
porativa o del buen gobierno corporativo.
A partir de ahí se articula un movimiento de diferente orden y liderado desde organi-
zaciones aglutinadoras, en su mayor parte, de la iniciativa privada o de los intereses
corporativos y empresariales que con instrumentos de todo tipo como códigos, infor-
mes, recomendaciones, etc.…ha ido articulando diversos esquemas cuya finalidad
última es conseguir la adhesión de las empresas a formas diferentes de gestionar
los intereses económicos que representan dichas entidades. En muchos casos, este
movimiento se ha mantenido en el ámbito de la voluntariedad y de la asociación
individual. En otros, se introduce en las normas que regulan la actividad como un
elemento imperativo. Este sería el ejemplo de la Ley 31/2014, de 3 de diciembre, por
la que se modifica la Ley de Sociedades de Capital para la mejora del buen gobierno
corporativo.