ESTUDIO SOBRE EL DERECHO DEL TURISMO DE ANDALUCÍA
106
ordenación del territorio o el medio ambiente, y la necesidad de satisfacer las demandas
del sector
4
.
Los instrumentos de planificación turística se inauguraron en la Comunidad Autónoma de
Andalucía con el Plan de Desarrollo Integral del Turismo en Andalucía, el denominado Plan
DIA, adoptado en 1993. La principal finalidad de este Plan era aumentar la rentabilidad
social, económica y ambiental del turismo andaluz mediante la cualificación productiva. Si
bien el Plan DIA se encontraba bastante limitado, significó un hito por cuanto comenzó una
etapa planificadora que se ha mantenido hasta la actualidad.
Con la publicación de la Ley del Turismo de 1999, se dota de un respaldo normativo a la
elaboración de los instrumentos de ordenación, con especial atención a un instrumento de
vocación integral: el Plan General del Turismo
5
. En el año 2003 se adoptó el Plan General
de Turismo de Andalucía 2003-2006, que materializaba las previsiones de la norma de
1999. Además de incluir un diagnóstico del turismo en la Comunidad, se propusieron un
conjunto de estrategias que aspiraban a la consolidación del turismo como sector clave
para la economía autonómica a través de medidas que incentivaran la integración del turis-
mo en la sociedad, la competitividad y la renovación del modelo turístico.
El 1 de enero de 2008 entró en vigor el Plan General del Turismo Sostenible de Andalucía
2007-2010. En este texto, la sostenibilidad es una constante transversal que se incorpora
a cada una de las estrategias, programas y medidas. Las instituciones autonómicas elabo-
raron una planificación en la que el principio de sostenibilidad se configuraba como la clave
que definía la política turística. Los tres pilares o ámbitos de intervención que actuaron
como guías de actuación fueron: la adecuación del espacio turístico, la convergencia de
políticas públicas y la concertación social, y la actuación en marketing y productos centra-
da en segmentos específicos
4
SOLA TEYSSIERE, J., “La ordenación del turismo y sus relaciones con la legislación de ordenación del
territorio, del urbanismo y de la protección del medio ambiente”,
Revista Andaluza de Administración Pública
,
núm. 53, 2004, p. 114.
5
En la Exposición de Motivos de la Ley 12/1999 se afirmaba: “El título III de la Ley establece los instrumen-
tos de ordenación y promoción para que la Administración turística pueda estimular un crecimiento ordenado y
sostenible de nuestro sector turístico, salvaguardando el medio natural y nuestro patrimonio histórico y cultural,
todo ello en coherencia con la planificación territorial. Entre estos instrumentos destaca por su vocación integral
el Plan General del Turismo, llamado a definir el modelo y la estrategia de desarrollo turístico de la Comunidad
Autónoma, sin perjuicio de su eventual desarrollo, con relación a sectores específicos, a través de programas
ejecutivos. Asimismo, debe subrayarse, por su carácter innovador, la posibilidad de declarar Zonas de Prefe-
rente Actuación Turística dotadas de planes propios de actuación turística integrada y aprobar Programas de
Recualificación de Destinos y Programas de Turismos Específicos”.