Página 130 - Estudio sobre el Derecho del Turismo de Andalucía

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ESTUDIO SOBRE EL DERECHO DEL TURISMO DE ANDALUCÍA
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el caso de la Iniciativa de Ciudades Turísticas, el ámbito de intervención serán los términos
municipales correspondientes a las ciudades integrantes de la red, ruta o itinerario incluido
en el Programa seleccionado.
Los objetivos que han de guiar los Programas de Turismo Sostenible son: la creación o
mejora de productos turísticos; el fortalecimiento de la competitividad del sector turístico
local; la creación, mantenimiento y mejora del espacio turístico; la implantación de accio-
nes de sostenibilidad medioambiental en el ámbito turístico; la implantación de modelos
de gestión integral de la calidad en los destinos turísticos y su incidencia en el itinerario de
consumo turístico; y el desarrollo de actuaciones que favorezcan la accesibilidad turística.
La Orden define quiénes pueden adquirir la condición de Promotor de Turismo Sostenible, y
enumera a los siguientes sujetos, siempre legalmente constituidos y cuyo domicilio social
se ubique en el ámbito de intervención territorial propuesto: las asociaciones sin ánimo
de lucro constituidas legalmente con personalidad jurídica propia, los Consorcios locales
y las fundaciones. La norma andaluza exige que se incluyan a los diferentes municipios
comprendidos en el ámbito de intervención del programa.
El procedimiento de selección de los programas de turismo sostenible se iniciará de oficio
por parte de la Consejería competente en materia turística, que también será competente
para su resolución. Los criterios para la selección de los Programas se estructuran en
torno a tres ejes: el ámbito de intervención territorial, el contenido del Programa y los
caracteres del Promotor.
En cuanto al ámbito de intervención territorial, su incidencia sobre la puntuación máxima
no es elevada, tan sólo el 15%, y los criterios analizados serán: la homogeneidad o iden-
tificación del territorio desde el punto de vista turístico; la valoración de la integración
del programa en los instrumentos de planificación sostenible y de ordenación urbana; las
infraestructuras y equipamientos; las características del entorno natural y su estado de
conservación; y los elementos del patrimonio cultural.
El grueso de la valoración le corresponde a los Programas, con un peso del 70% en la
puntuación máxima. En este apartado se valoran una amplia variedad de aspectos como
la adecuación del programa a los instrumentos de planificación turística vigentes, su via-
bilidad económica, la previsión de impacto sobre el sector turístico, y las medidas de
compromiso ambiental y las acciones de formación y desarrollo de los recursos humanos,
entre otras.
En lo que respecta a la valoración de los Promotores, su peso es del 15% de la puntuación
máxima; y se tomará en consideración el esfuerzo asociativo, valorando la integración de
los sectores público y privado en su composición, así como la implicación de los agentes
sociales y económicos más representativos de la Comunidad Autónoma y el grado de
participación de los sectores económicos afectados.