Página 397 - Estudio sobre el Derecho del Turismo de Andalucía

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CAPÍTULO VI. OTROS ESTABLECIMIENTOS DE ALOJAMIENTO TURÍSTICO
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norma va más allá de la clásica identificación del turismo rural como una actividad auxiliar o
secundaria de las actividades agrarias, de la que era principal protagonista el agroturismo,
propia de la legislación turística de finales de los ochenta y principios de los noventa
147
;
alejándose también del enfoque que sólo pretendía la regulación de la vertiente alojativa,
olvidándose de los servicios conexos o complementarios
148
, aunque no presta la suficiente
atención a la dimensión natural y cultural del turismo rural
149
.
La idiosincrasia del turismo rural permite su singularización como producto turístico con
identidad propia y exclusiva, lejos de las congestiones urbanas y de modelos estandariza-
dos
150
. El turismo rural posibilita la búsqueda de nuevas experiencias, el regreso a los orí-
genes, gracias a sus características diferenciales
151
y a su esencial vinculación al medio,
a sus recursos naturales (paisajes, clima, parques naturales, áreas de recreo, caminos
152
,
contribuciones de DE LA PLATA CABALLERO, N. (Dir.):
El entorno jurídico de las nuevas tendencias deportivas:
deporte de aventura, animación y deportiva y ocio activo
, Dykinson, Madrid, 2006; y BERMEJO VERA, J.: «El
deporte como recurso turístico»,
Revista Aragonesa de Administración Pública
, número extraordinario 3 (Ejem-
plar dedicado a:
Régimen jurídico de los recursos turísticos
), 1999, pp. 399-418. Véanse también, entre otros,
los trabajos de LÓPEZ BUSTOS, F.L.: «Disciplina deportiva, protección del medio ambiente y turismo activo»,
Revista Andaluza de Derecho del Deporte
, núm. 2, 2007, pp. 267-272; y PORRAS LIMA, F.: «Derecho deportivo
y derecho turístico: surgimiento, desarrollo y consolidación del turismo activo en España», en
El derecho depor-
tivo en España 1975-2005
(Coords. I. JIMÉNEZ SOTO & E. ARANA GARCÍA), Consejería de Turismo, Comercio y
Deporte, Junta de Andalucía, Sevilla, 2005, pp. 319-348.
147
TUDELA ARANDA, J.: «Régimen jurídico y renovación del turismo rural»,
Revista Aragonesa de Administra-
ción Pública
, núm. 31, 2007, pp. 284-285.
Aún en el Decreto 313/2006, de 25 de julio, por el que se regulaban en Cataluña los establecimientos de tu-
rismo rural, se recogía en su preámbulo: «Es de destacar la nueva opción que se prevé para aquellas personas
titulares que no obtienen rentas agrarias de poder compartir su vivienda con los huéspedes, opción que no
existía hasta ahora y que debe permitir lograr el objetivo de diversificación de rentas de la población rural y la
fijación de ésta en el territorio».
148
Buena muestra de ello era el Decreto 94/1995, de 4 de abril, sobre ordenación de los alojamientos en
casas rurales andaluzas (
BOJA
núm. 70, de 13 de mayo de 1995).
149
BLANQUER, D. «Régimen jurídico del turismo rural»,
Revista Aragonesa de Administración Pública
, número
extraordinario 3 (Ejemplar dedicado a:
Régimen jurídico de los recursos turísticos
), 1999, pp. 437-482, p. 449.
150
FERNÁNDEZ RAMOS, S. & PÉREZ MONGUIÓ, J.Mª: «El turismo en el medio rural»,
Estudios sobre el Derecho
andaluz del turismo
,
op. cit.
, pp. 396-397.
151
GARCÍA HENCHE, B.: «Características diferenciales del producto turismo rural»,
Cuadernos de Turismo
,
núm. 15, 2005, pp. 113-133, p. 117.
152
Por todos, obviamente, no podemos aquí dejar de mencionar el
Camino de Santiago
, ruta que recorren
los peregrinos de todo el mundo para llegar a la ciudad de Santiago de Compostela, donde se veneran las reli-
quias del apóstol Santiago. En 2015 llegaron hasta Compostela 262.515 caminantes, la mayoría (un 53,38%)
extranjeros, de 79 nacionalidades. En 2004, la Fundación Príncipe de Asturias le concedió el Premio Príncipe de
Asturias de la Concordia: «como lugar de peregrinación y de encuentro entre personas y pueblos que, a través
de los siglos, se ha convertido en símbolo de fraternidad y vertebrador de una conciencia europea». A estos
efectos, resulta interesante la consulta del trabajo de ASPAS ASPAS, J.M.: «El senderismo especial considera-
ción del Camino de Santiago»,
Los deportes de aventura. Consideraciones jurídicas sobre el turismo activo
,
Manuales Prames, Zaragoza, 2000.