ESTUDIO SOBRE EL DERECHO DEL TURISMO DE ANDALUCÍA
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La siguiente aportación se producirá con el Decreto 15/2011, de 1 de febrero, por el que
se establece el régimen general de planificación de los usos y actividades en los parques
naturales y se aprueban las medidas de agilización administrativa, en cuyo capítulo II,
sección III,
Actividades de uso público, turismo activo y ecoturismo¸
contemplaba la regu-
lación de esta materia distinguiendo entre
Actividades sometidas a autorización (art. 8),
Actividades sujetas a comunicación previa (art. 9), Actividades de libre realización (art.
10) y, por último estableciendo Condiciones para el desarrollo de las actividades de uso
público, turismo activo y ecoturismo (art. 11). Una regulación con grandes aciertos que
finalmente ha caído en saco roto al ser declarado nulo todo el Decreto 15/2011, ya en
el año 2013, por la resolución de la demanda presentada por la Sociedad Española de
Ornitología
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que fue resuelto definitivamente por las Sentencias del Tribunal Supremo
(Sala de lo Contencioso-Administrativo, Sección 5), de 16 y 23 de febrero de 2016 (
RJ
2016\686 y
RJ
2016\2070 respectivamente). En este campo también es necesaria la
mención al Decreto 23/2012, de 14 de febrero, que regula la conservación y el uso sos-
tenible de la flora y la fauna silvestres y sus hábitats, un reglamento de la Ley 8/2003, de
protección de la flora y la fauna. Un Decreto que incorpora un capítulo, concretamente el quin-
to, a las actividades tradicionales, de ocio, deporte y turismo activo y en el que se abordan
cuestiones como la circulación de vehículos a motor en el medio natural y las limitaciones
generales y particulares en virtud de la actividad.
Tabla 6
Incorporaciones al régimen del turismo activo en Andalucía
Decreto 15/2011, de 1 de
febrero, por el que se esta-
blece el régimen general de
planificación de los usos y
actividades en los parques
naturales y se aprueban me-
didas de agilización de pro-
cedimientos administrativos
Artículo 8. Actividades sometidas
a autorización
Artículo 9. Actividades sujetas a
comunicación previa
Artículo 10. Actividades de libre
realización
Artículo 11. Condiciones para el
desarrollo de las actividades de
uso público, turismo activo y eco-
turismo
Aclaración: Este Decreto fue declarado
nulo por las Sentencias del Tribunal Su-
premo (Sala de lo Contencioso-Administra-
tivo, Sección 5), de 16 y 23 de febrero
de 2016
Ley 13/2011, de 23 de
diciembre, del Turismo de
Andalucía
Art. 28.1.
d)
contempla al turismo activo como un servicio y lo define.
Título IV de la Ley 13/2011,
Derechos y obligaciones de las personas usua-
rias de servicios turísticos y de las empresas turísticas.
Art. 37.1.
e)
: establece la obligación de las empresas de turismo activo a la
inscripción en el citado Registro
Art. 39: establece la obligación de suscribir seguro de responsabilidad civil.
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Sentencia 1049/2013, de 12 de septiembre, del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, Sevilla (Sala de lo
Contencioso-Administrativo, Sección3ª).