Página 498 - Estudio sobre el Derecho del Turismo de Andalucía

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ESTUDIO SOBRE EL DERECHO DEL TURISMO DE ANDALUCÍA
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Los requisitos generales son:
– Disponer de un seguro de responsabilidad profesional adecuado a la naturaleza y al
alcance del riesgo de las actividades de turismo activo que desarrollen
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. Dicho seguro
cubrirá las responsabilidades potenciales por los riesgos que puedan derivarse para las
personas destinatarias o para terceros
90
.
– Haber presentado la declaración responsable en el Registro de Turismo de Andalucía confor-
me a lo establecido en el artículo 30.2 de la Ley 13/2011, de 23 de diciembre, del Turismo.
– Contar con personal cualificado para el desarrollo de cada actividad
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.
Por su parte, los requisitos particulares están vinculados a las autorizaciones preceptivas
que en su caso sean necesarias para la práctica de la actividad de turismo activo en el
medio correspondiente como son:
– La autorización de navegación, otorgada por el organismo competente, en los casos en
que la actividad se desarrolle en aguas de dominio público o cuando esté relacionada
con la navegación aérea.
– La autorización concedida por la Consejería competente en materia de medio ambiente
en aquellos supuestos en que sea exigida por la normativa de protección de los espa-
cios naturales, terrenos forestales y vías pecuarias.
– Cualquier otra autorización administrativa exigida por la legislación aplicable.
En estos casos, los responsables de las empresas deberán aportar, junto con la declara-
ción responsable «general», la relativa a que se dispone de las autorizaciones pertinentes.
Con todo, los requisitos resultan insuficientes ya que numerosos aspectos deberían resul-
tar obligatorios para las empresas dedicadas al turismo activo debido, entre otras muchas
cuestiones, por hallarnos ante actividades de riesgo en muchos casos, todo ello con in-
dependencia de que se encuentren o deban formar parte de la declaración responsable.
De esta manera, no se exigen cuestiones importantísimas como son la existencia de memo-
ria y relación de actividades que pretende desarrollar
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–aunque entre los datos que debe
contener la declaración responsable se encuentran la ubicación y datos básicos del proyecto
a desarrollar (art. 10 Decreto Andalucía 143/2014)– el protocolo de actuación en caso de
tiempo de prestación de la actividad, con la obligación de presentar anualmente a la Delegación Provincial de
Turismo y Deporte copia de las pólizas y recibos vigentes.
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Decreto Andalucía 20/2002 exigía, antes de la reforma operada por el Decreto Andalucía 80/2010, que los
contratos de seguro exigidos en los apartados
d)
y e) del artículo 23.1 se mantengan en vigor durante todo el
tiempo de la prestación de la actividad, con la obligación de presentar anualmente a la Delegación Provincial de
Turismo, Comercio y Deporte copia de la póliza y de los recibos vigentes.
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Véase el epígrafe dedicado al seguro de responsabilidad profesional.
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Al margen de las titulaciones exigidas al personal deben acreditar conocimientos de socorrismo o de prime-
ros auxilios. Véase el epígrafe
Formación del personal en primeros auxilios o socorrismo.
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Véanse, entre otros, los artículos 11 Decreto Asturias 111/2014; 4.3.2º.
f)
Decreto Aragón 55/2008, 6.1.
d)
Decreto
Navarra 288/2004, 10.3.
d)
Decreto Castilla La Mancha 77/2005 ó 12.2.
b)
Decreto Región de Murcia 320/2007.