ESTUDIO SOBRE EL DERECHO DEL TURISMO DE ANDALUCÍA
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composición y competencias se determinarán reglamentariamente –art. 8.2–, determina-
ciones de nuevo ambas idénticas a las ya ordenadas en la Ley 12/1999 para el anterior
Consejo de Coordinación Interdepartamental en Materia de Turismo.
3.3. Otros órganos y estructuras en materia de turismo
De acuerdo con el Decreto 212/2015, de 14 de julio, por el que se aprueba la estructura
orgánica de la Consejería de Turismo y Deporte, están adscritas a la Consejería de Turismo
y Deporte, dependiendo de la Viceconsejería y correspondiendo a cada Secretaría General
la dirección funcional en las materias relativas a su ámbito competencial, entre otras, las
siguientes sociedades mercantiles del sector público andaluz: a) La sociedad mercantil
Empresa Pública para la Gestión del Turismo y del Deporte de Andalucía, S.A. b) La so-
ciedad mercantil CET URSA Sierra Nevada, S.A. c) La sociedad mercantil Promonevada,
S.A. d) La sociedad mercantil Apartahotel Trevenque, S. A. e) La sociedad mercantil Sierra
Nevada Club Agencia de Viajes, S. A. Además, se adscribe a la Consejería la Fundación
Real Escuela Andaluza de Arte Ecuestre, cuya dirección funcional la ejercerá la Dirección
General de Calidad, Innovación y Fomento del Turismo.
De estas entidades debe destacarse la primera, la sociedad mercantil Empresa Pública
para la Gestión del Turismo y del Deporte de Andalucía, S.A. En lo que se refiere al turis-
mo, su origen se encuentra en la Ley 3/1987, de 13 de abril, del Instituto de Fomento de
Andalucía (IFA), que permitió, en su artículo 5º, la creación de la Empresa Pública de Turis-
mo Andaluz (EPTASA), constituida como sociedad anónima mercantil el 22 de diciembre
de 1992, cuyo capital en su totalidad pertenecía al Instituto de Fomento de Andalucía a
través de la Sociedad para la Promoción y Reconversión Económica de Andalucía, S.A.
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.
Asimismo, conforme al Decreto 83/1994, de 12 de abril, se asignaron a la EPTASA las
actividades de información y potenciación del sector turístico andaluz realizadas por las
oficinas de información turística de la Consejería competente en materia de turismo, cuya
asunción efectiva fue regulada por Orden de 20 de junio de 1994
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.
Mediante Acuerdo de 27 de julio de 2010, del Consejo de Gobierno, se autoriza la creación de
la sociedad mercantil del sector público andaluz, «Empresa Pública para la Gestión del Turismo y
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El objeto social de esta Empresa pública era la difusión de información que favorezca el desarrollo turístico
andaluz, potenciando el sector turístico y cuantas actividades tiendan a tal fin, cumpliendo sus objetivos en
coordinación con la
Dirección General de Turismo
y bajo la supervisión de la Consejería
.
Con el objeto de lograr
la mejora y el crecimiento de la industria comercial y artesanal en nuestra Comunidad Autónoma y haciendo uso de las
sinergias existentes y de las estrechas relaciones entre todos los sectores implicados, se dispone la modificación del
objeto social de la Empresa Pública para la Gestión del Turismo y del Deporte de Andalucía, S.A. mediante Acuerdo del
Consejo de Gobierno de 19 de noviembre de 2013.
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La composición del Consejo de Administración de la Empresa fue establecida por Acuerdo de 1 de septiem-
bre de 2004, de su Consejo de Gobierno.