Código de los Derechos de las Víctimas

CÓDIGO DE LOS DERECHOS DE LAS VÍCTIMAS 1112 o a facilitar a las víctimas la prestación de apoyo o asistencia psicológica para su recuperación. Las funciones del SAVA se recogen en el Capítulo II del Decreto 375/2011, de 30 de diciembre y en el Real Decreto 1109/2015, de 11 de diciembre, regulador de las Oficinas de Asistencia a las Víctimas. SÉPTIMO. Conforme a lo dispuesto en el artículo 48.1 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, del Régimen Jurídico del Sector Público, “Las Administraciones Públicas, sus organismos públicos y entidades de derecho público vinculados o dependientes y las Universidades públicas, en el ámbito de sus respectivas competencias, podrán suscribir convenios con sujetos de derecho público y privado, sin que ello pueda suponer cesión de la titularidad de la competencia”. Asimismo, según el apartado 3 del citado artículo, “La suscripción de convenios deberá mejorar la eficiencia de la gestión pública, facilitar la utilización conjunta de medios y servicios públicos, contribuir a la realización de actividades de utilidad pública y cumplir con la legislación de estabilidad presupuestaria y sostenibilidad financiera”. Por su parte, el artículo 9 de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía, dispone que en las relaciones entre ésta y el resto de Administraciones Públicas, “el contenido del deber de colaboración se desarrollará a través de los instrumentos y procedimientos que se establezcan de manera voluntaria”, si bien precisa que “Cuando dichas relaciones tengan por finalidad la toma de decisiones conjuntas que permitan una actividad más eficaz de las Administraciones en asuntos que les afecten, se ajustarán a los instrumentos y procedimientos de cooperación con la Administración del Estado que se contemplan en la normativa estatal básica sobre régimen jurídico de las Administraciones Públicas”. OCTAVO. Resulta conveniente, con el fin de hacer más efectiva la protección de las víctimas y sus derechos reconocidos por la Directiva 2012/29/EU del Parlamento Europeo y del Consejo, de 25 de octubre de 2012, por la que se establecen normas mínimas sobre los derechos, el apoyo y la protección de las víctimas de delitos, y por la que se sustituye la Decisión 2001/220/JAI del Consejo, así como en la Ley 4/2015, de 27 de abril y el Real Decreto 1109/2015, de 11 de diciembre, la suscripción del presente convenio de colaboración entre la cooperación efectiva entre las dos entidades firmantes, con la principal finalidad de prestar una asistencia integral y coordinada a la víctima. Por lo expuesto, las partes intervinientes acuerdan formalizarlo de conformidad con las siguientes: CLAÚSULAS PRIMERA. Objeto del convenio. Constituye el objeto principal del presente convenio establecer el marco de colaboración y cooperación entre el SAVA y las Fiscalías Provinciales, con el fin § 73

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