Código de los Derechos de las Víctimas
CÓDIGO DE LOS DERECHOS DE LAS VÍCTIMAS 354 § 24, Art. 1 medidas necesarias para promover la cooperación entre ellos, con el fin de garantizar que las víctimas del terrorismo que residan en un Estado miembro distinto de aquel en que se haya cometido el delito de terrorismo tengan acceso efectivo a dicha información. Además, los Estados miembros deben garantizar que las víctimas del terrorismo tengan acceso a servicios de apoyo a largo plazo en el Estado miembro de residencia, aun cuando el delito de terrorismo se haya cometido en otro Estado miembro. ………………………………………………………………………………… TÍTULO I Objeto y definiciones Artículo 1. Objeto 12 . La presente Directiva establece normas mínimas relativas a la definición de las infracciones penales y las sanciones en el ámbito de los delitos de terrorismo, los delitos relacionados con un grupo terrorista y los delitos relacionados con actividades terroristas, así como medidas de protección, apoyo y asistencia a las víctimas del terrorismo. ………………………………………………………………………………… TÍTULO V Disposiciones sobre protección, apoyo y derechos de las víctimas del terrorismo Artículo 24. Asistencia y apoyo a las víctimas del terrorismo 13 . 1. Los Estados miembros garantizarán que la investigación o el enjuiciamiento de los delitos a que se refiere la presente Directiva no dependan de la denuncia o acusación por una víctima del terrorismo u otra persona afectada por él, al menos si los hechos se cometieron en su propio territorio. 2. Los Estados miembros garantizarán que existan servicios de apoyo que respondan a las necesidades específicas de las víctimas del terrorismo de conformidad con la Directiva 2012/29/UE, y que dichos servicios estén a disposición de las víctimas del terrorismo inmediatamente después del atentado terrorista y durante el tiempo que sea necesario. Tales servicios se prestarán además, o como parte integrante, de los servicios generales de apoyo a las víctimas, los cuales podrán recurrir a los organismos existentes de apoyo especializado. 12 Vid. art. 1 Directiva 2012/29/UE, de 25 de octubre (§17). 13 Vid. Apartados II y III Directrices sobre protección víctimas actos terroristas (§15); arts. 8 y 9 Directiva 2012/29/UE, de 25 de octubre (§17).
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