Estudios sobre el Gobierno y la Adminsitración de la Junta de Andalucía

IV. LA ADMINISTRACIÓN CONSULTIVA EN LA COMUNIDAD AUTÓNOMA DE ANDALUCÍA ,: 309 Respecto al procedimiento (artículo 25 y siguientes de la Ley 4/2005) se asumirá el compromiso de resolver en un plazo dependiendo del asunto de que se trate. Las consultas, no obstante, deben ser evacuadas en un plazo máximo de treinta días desde la recepción del correspondiente dictamen. Será de veinte días únicamente el plazo, para aquellos proyectos de reglamentos que se dicten en ejecución de las leyes y sus modificaciones, los recursos de inconstitucionalidad, y los conflictos de competencia ante el Tribunal Constitucional. Si el asunto se tramita como urgente, el plazo máximo de resolución será de quince días, salvo que el Presidente de la Junta de Andalucía o el Consejo de Gobierno fijen uno inferior. En cuanto al personal de este órgano, cabe destacar la existencia de un cuerpo propio de letrados al servicio del Consejo Consultivo encargado de prestar asistencia técnica; el letrado Mayor es el encargado de examinar la admisibilidad de las solicitudes de dictamen y la suficiencia de documentación, además, coordina a los demás letrados y suple al titular de la Secretaría General. También están los asesores técnicos, y el personal administrativo de apoyo. Finalmente, una vez concluida la deliberación, los dictámenes 69 se remiten a la autori– dad consultante, quien tiene la posibilidad de asentir o disentir con la decisión del Consejo Consultivo. Si conviene con la decisión, hará constar la fórmula «de acuerdo con el Consejo Consultivo»; si por el contrario disiente con lo expresado, utilizará la fórmula «oído el Consejo Consultivo de Andalucía». 69 Con valor indicativo, durante el año 2009, el Consejo Consultivo de Andalucía registró las siguientes cifras en torno a su actividad: los dictámenes solicitados al Consejo fueron 873 (718 en sentido favorable, 100 en sentido desfavorable y 55 devueltos). 11 de estos dictámenes se refirieron a anteproyectos de Ley, 2 a proyectos de Decreto Legislativo, 41 a proyectos de Decreto y orden, 2 a convenios y 1 a conflictos de la competencia. De los 610 asuntos que conta– ron con resolución acumulada por parte de los órganos consultantes, se estimaron de acuerdo a lo dictaminado por el Consejo el 95% de los mismos (577), por sólo el 5% que, oído el Consejo Consultivo, no siguieron su dictamen. El tiempo empleado para emitir el dictamen ha sido de entre 20-30 días en el 54% total de los asuntos, de entre 10-20 días en el 45%, y de menos de 1 O días en el 1%. Los Ayuntamientos han sido la Administración autonómica que mayor número de consultas han remitido (324), seguidos de cerca por la Consejería de Salud de la Junta de Andalucía (317). De entre las provincias de la Comunidad, Málaga ha sido la que mayor porcentaje de dictámenes ha generado, con un 31% del total, por delante de Cádiz 18%, Sevilla 13%, Granada 10%, Huelva 9%, Almería 8%, Jaén 6% y Córdoba 5%. Los asuntos referidos a la responsabilidad patrimonial de la Administración encabezan la lista, suponiendo el 55% del total de dictámenes emitidos (483), seguidos por los asuntos de contratación administrativa 18% (156), la revisión de oficio 12% (107), y el urbanismo 7% (59). Desde el año 1994 (en que se elaboró la memoria del Consejo Consultivo por primera vez), hasta 2009 (año de las últimas cifras publicadas), el volumen de dictámenes solicitados no ha parado de ascender, incrementándose en un número de 65 respecto a 2008. Vid. Ref. Memoria Consejo Consultivo de Andalucía, 2009. Op. cit. pp. 66 y ss.

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