Estudios sobre el Gobierno y la Adminsitración de la Junta de Andalucía
384 EDUARDO GAMERO CASADO En este momento se encuentran pendientes de implantar certificados de la FNMT que contengan atributos específicos y permitan completar las previsiones de la Ley 11/2007 en dos sentidos distintos: primero, identificando a los empleados públicos de la Junta de Andalucía de manera diferenciada a su condición personal de ciudadanos; y segundo, habilitando técnicas de representación por medios de identificación electrónica que eviten una perversa práctica actual, consistente en que los representados ceden sus certificados con sus correspondientes claves a sus representantes, lo que puede dar lugar a indudables abusos, muy difíciles de enmendar. En efecto, un importante aspecto que está pendiente de regulación en Andalucía es el desarrollo reglamentario de los arts.22 y 23 LAE, que per[lliten a los ciudadanos actuar mediante funcionario público cuando carezcan de los correspondientes medios de identificación electrónica, o conferir su representación electrónica a un tercero para que actúe en su nombre. Son aspectos esenciales para el impulso de la administración electrónica cuya regulación expresa no se puede demorar. En otro orden de consideraciones, un importante logro de la Junta de Andalucía en materia de firma electrónica es la plataforma @firma, es decir, la plataforma corporativa de la Junta de Andalucía para autenticación y firma electrónica. Gracias a @firma, las aplicaciones de la Junta de Andalucía pueden incorporar procesos de autenticación y firmado digital mediante el uso de certificados digitales, independientemente del entorno de desarrollo en que· hayan sido programadas. @firma es una potente y versátil herramienta de validación de certificados electrónicos con altas dosis de interoperabilidad, que fue diseñada por la Junta de Andalucía y cedida después al entonces Ministerio de Administraciones Públicas mediante un convenio suscrito el 2 de febrero de 2006, con un compromiso de evolución conjunta; poco más tarde recibió el prestigioso reconocimiento del Good Practice Label 2007, y todo apunta a que sus desarrollos posteriores acabarán convirtiéndose en una plataforma europea de validación de certificados electrónicos. Para concluir este apartado, conviene al menos reseñar la Orden de 27 de diciembre de 2006, por la que se regula la utilización de medios electrónicos a aplicativos de gestión en la Consejería de Justicia y Administración Pública (BOJA 27 de octubre). Esta norma regula el aplicativo conocido como Port@firmas, que gestiona los procesos de firma electrónica que deba llevar a cabo cada usuario, erigiéndose en una herramienta de extraordinaria potencialidad en punto a agilizar la gestión administrativa interna. 6. PROCEDIMIENTO, ACTOS Y DOCUMENTOS ELECTRÓNICOS La regulación del procedimiento administrativo electrónico es uno de los aspectos en que la Ley 11/2007 resulta más deficiente, pues no llega a articular unas reglas generales suficientemente expresivas. Los arts.33 a 39 LAE regulan la gestión electrónica
RkJQdWJsaXNoZXIy MTEw