El singular modelo de gestión de los servicios sociales en Andalucía: "El concierto social"
PRÓLOGO 21 de la política social y económica a seguir, con las que superan con creces los requerimientos más exigentes contenidos en Declaraciones, Tratados, y Convenios internacionales; aunque bien es verdad que ni estas proclamaciones ni el número de leyes aprobadas en su desarrollo son un dato definitivo por sí mismo que indique el nivel real en que se encuentra la acción social prestadora en cada territorio. Este panorama estatutario así como la miríada de leyes autonómicas aparecidas cubren las tres grandes áreas que vienen a componer el impreciso ámbito de los “derechos sociales”, esto es, la sanidad, la protección de menores y la asistencia social, que constituyen la categoría misma de la “prestación pública” definidora del Estado social, aunque, ciertamente, sea la asistencia social su tronco conceptual, cuyas ramas suelen extenderse horizontalmente hacia áreas especiales o colectivos determinados de personas, como la situación de dependencia, renta de subsistencia, protección de minusválidos, etc. Pues bien, en una situación de crisis aguda como la presente, donde la demanda de prestaciones es y será tan acusada como la falta de recursos para afrontarla, entiendo que para poder batirla son inexcusables estas dos armas: primera –es el presupuesto político y jurídico- el cumplimiento cabal de la ley, pero no de una legalidad cualquiera aunque esté inspirada en las mejores intenciones, sino la establecida democráticamente con respeto a los principios constitucionales y conforme a las reglas que la propia Constitución dispone como cauces legítimos de la producción normativa; la segunda –presupuesto administrativo o de gestión- es la eficiencia , un factor éste absolutamente determinante en la cuestión que estamos considerando ya que no hay crisis que pueda ser superada con una Administración ineficiente, ni dinero bastante para costear ese dispendio. Desde luego, el futuro ha de pasar por una revisión a fondo de los medios disponibles y también del control de la solvencia y actitud de los servidores públicos ante los deberes y responsabilidades, desde el dirigente superior al empleado del más modesto nivel. Por consiguiente, no es momento de rendirse ni de retroceder sino de agudizar el ingenio y el sentido de la eficacia con miras a conservar lo conseguido y buscar salidas positivas y operativas. Hay que repetirlo, no cabe rebajar el nivel de lo ya alcanzado en la materia social; es un imperativo categórico. En suma, es el momento del funcionamiento cabal de la cláusula stand still o de no retorno; y por ello habrá que afilar las herramientas disponibles o buscar otras capaces de combatir a la desesperada. Y en este desiderátum inscribo el presente libro porque en una situación como la que estamos atravesando aborda la vertiente operativa o de gestión de las prestaciones, no perdiéndose en el laberinto teoricista inseparable del tema de los derechos sociales, como es el estudio de su origen y evolución, sus fundamentos políticos y jurídicos,
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