Legislación de Andalucía sobre el turismo

ΛΕΓΙΣΛΑΧΙΝ ∆Ε ΑΝ∆ΑΛΥΧ⊆Α ΣΟΒΡΕ ΕΛ ΤΥΡΙΣΜΟ 174 B) Requisitos comunes a todas las categorías. – El bidé podrá ser sustituido por dispositivos incorporados al inodoro que cumplan la misma función o por un plato de ducha independiente de la bañera. – Los servicios higiénicos tendrán ventilación directa o asistida con renovación del aire. – Todas las categorías dispondrán permanentemente de agua corriente caliente y fría, identificadas, en las bañeras, duchas, bidés y lavabos. – Las bañeras y las duchas dispondrán de un sistema antideslizante y de estanqueidad. Su diseño debe facilitar una limpieza eficiente. – Los elementos sanitarios previstos en los baños y aseos se podrán disponer por se- parado, o de forma agrupada en diferentes estancias independientes. No obstante, el inodoro en todo caso debe estar en estancia cerrada e independiente. La superficie que éstos ocupen por separado deberá alcanzar las dimensiones mínimas previstas en el apartado siguiente y en ningún caso podrá mermarse la superficie destinada al dormitorio. Del mismo modo no se podrá computar como superficie del baño o aseo las zonas de accesos previstas dentro de las unidades de alojamiento. C) Requisitos en función de la categoría. – Los hoteles de cinco estrellas dispondrán en cada unidad de alojamiento de baño completo dotado de bañera y plato de ducha independientes; además, el lavabo será doble en todas las unidades de alojamiento excepto en las individuales, y el bidé y el inodoro estarán independizados. – En los hoteles del resto de categorías, que tengan la obligación de disponer de baño, a excepción de la especialidad familiares, la bañera podrá ser sustituida por un plato de ducha cuya base tenga las mismas dimensiones que una bañera. – Los hoteles de cuatro y cinco estrellas deberán disponer de secador de pelo en los baños o aseos. Dimensiones Mínimas en Baños y Aseos 5* 4* 3* 2* 1* Baños 5 m² 4,50 m² 4 m² 3,50 m² 3,50 m² Aseos – 4 m² 4 m² 3 m² 3 m² Longitud bañera 1,7 m 1,6 m 1,6 m – – % Baños en unidades de alojamiento 100% 50% 40% 25% – % Aseos en unidades de alojamiento – 50% 60% 75% 100% 2.3. Aseos generales. A) Requisitos comunes a todas las categorías. – Todos los hoteles dispondrán de un número suficiente de aseos generales a disposición de los usuarios. – Estarán ubicados en zonas de uso común, próximos a las de mayor concentración de usuarios, y serán independientes para señoras y caballeros.

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