Page 40 - La liberación de expropiaciones urbanísticas
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  • LA LIBERACIÓN DE EXPROPIACIONES URBANÍSTICAS. SU REGULACIÓN AUTONÓMICA ANDALUZA •
y condiciones del "status quo" del propietario liberado de cara al futuro. En todo caso, el propio precepto no descompromete al beneficiario del cumplimiento de sus deberes básicos establecidos en la Ley 8/90 (art. 20 TRLS92), además de todas aquellas impuestas al reconocer el propio beneficio expropiatorio.
De especial interés resulta reflexionar sobre las consecuencias que se producirían en el caso en que, en el seno de una unidad de ejecución, se liberará de la expro- piación a propietarios con unos porcentajes de participación en la unidad de ejecu- ción que hiciese pensar la posibilidad de sustituir el sistema por otro de gestión pri- vada o mixta. En esta disquisición añadimos que la propia Administración, en este caso, también aparecería como particular en función de su derecho al aprovecha- miento de cesión obligatoria por el resto de los propietarios. Esta posibilidad no es realmente nueva. Como expone DOMÍNGUEZ VILA64• el art. 3.3 LS56 establecía la posibilidad de que la Administración, si lo estima conveniente por favorecer a la eco- nomía de la urbanización proyectada, sustituya por cambio de circunstancias el sis- tema de expropiación por el de compensación voluntaria u obligatoria, cuando los propietarios estuviesen dispuestos a colaborar o asumir las cargas del urbanismo. Recoge asimismo este autor, las existencia de esta técnica en ordenamientos sec- toriales como el Decreto de 21-2-1963 sobre Planes Nacionales de Vivienda, cuyo art. 29.1 dispone que:
"acordada o en trámite una actuación urbanística por el sistema de expropiación, el Ministerio de la Vivienda, de oficio o a instancia de los órganos competentes o de los propios interesados, previo informe de la Dirección General de Urbanismo, podrá decre- tar la suspensión total o parcial de la expropiación y disponer que continúe la actuación mediante alguno de los otros sistemas previstos en la Ley del Suelo por la gestión públi- ca o privada".
3.3. La liberación de expropiaciones urbanísticas en la Sentencia del Tribunal Constitucional de 20 de Marzo de 1997 y su incidencia en la regulación estatal posterior
De la regulación que el TRLS92 hacía de la liberación de expropiaciones urbanísti- cas únicamente fueron impugnados ante el Tribunal Constitucional apartados con- cretos de los preceptos a los que, de igual forma al Tribunal Constitucional fue
64 Op. Cit.
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