Page 43 - La liberación de expropiaciones urbanísticas
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• 111. LA PARCA REGULACIÓN DE LA LIBERACIÓN DE EXPROPIACIONES URBANÍSTICAS
EN LA NORMATIVA URBANÍSTICA
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AUTONÓMICA ANDALUZA •
A pesar de tratarse ciertamente de una técnica jurídica poco utilizada, las CC.AA. no se
han resistido a abandonar su regulación en sus respectivas leyes autonómicas, como
expresa DE LA CRUZ MERA, ÁNGELA,68 dado que algunas de las normas autonómicas
dictadas han incluido su regulación prescindiendo del contenido del Decreto 458/72, de
24 de febrero, que establecía el procedimiento a seguir, aunque fuera con carácter
supletorio. La nota común de la regulación autonómica es su importante coincidencia
con el contenido del Decreto estatal citado, lo cual se deduce de una simple lectura de
los artículos 133 de la Ley 5/99, de 25 de marzo, de Aragón, 148 de la Ley 2/98, de
4 de junio, de Castilla-La Mancha, artículo 86 de la Ley Madrileña, artículo 143 de la Ley
10/98, de 2 de julio, de La Rioja, art. 91 de la Ley 5/99, de 8 de abril, de Castilla y
León y artículo 163 del Decreto legislativo 1/2000, de 8 de mayo, de Canarias, por
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La Ley de Ordenación Urbanística de Andalucía, en su redacción actual, tras las modifi- caciones sufridas, regula la liberación de la expropiación urbanística únicamente en el
67 Por tratarse de consideraciones jurídicas realizadas conforme a la normativa anterior, aunque extrapolable en la mayoría de sus contenidos a la vigente regulación que realizan las Comunidades Autónomas, se enriquece este apartado con distin- tos pronunciamientos jurisprudenciales interpretativos.
68 De la Cruz Mera, Ángela: "La Legislación autonómica en materia de expropiaciones urbanísticas" Revista de Estudios Locales. (CUNAU julio 1999. Pág. 303.
69 Para conocer con mayor profundidad la regulación de esta materia en la Ley del Suelo de la ce.AA.De Madrid, véase Práctica Urbanística núm. 33, diciembre 2004, que además contiene un diagrama del procedimiento de tramitación con modelos.
Al igual que ya preceptuaba el artículo 174.2 del TRLS 92, la
poner algunos ejemplos.
normativa autonómica también tiene como novedad la de imposibilitar la liberación de expropiaciones cuando la expropiación originaria hubiera sido aplicada como consecuen- cia del incumplimiento de la función social de la propiedad, como consta, entre otras, en las leyes aragonesa y canaria.
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