Page 119 - La Mejora en los Procedimientos Administrativos clave en el Servicio a los Ciudadanos
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6. ANEXO I. REGLAMENTO DE CRITERIOS DE APLICACIÓN DE LA LEY 30/1992 LEY, DE 26 DE NOVIEMBRE
El método de trabajo ha sido celebrar una reunión semanal de una hora de dura- ción desde junio de 2004 al 13 de mayo de 2005, con un total de 29 sesiones.
Por otra parte, se indica que el borrador de reglamento se ha remitido a todos los funcionarios que desempeñan puestos con responsabilidad en la instrucción de procedimientos para su conocimiento previo, sin que se haya propuesto mo- dificación alguna en el texto elaborado por el grupo de trabajo.
Los funcionarios que suscriben y que han podido colaborar con mayor asidui- dad en este trabajo, dan por finalizada la labor encomendada de revisar el Regla- mento de Criterios de Aplicación de la Ley 30/1992, revisión que someten, a los efectos oportunos, a la consideración del Equipo de Gobierno de la Diputación de Almería.
I.2. REGLAMENTO SOBRE CRITERIOS DE APLICACIÓN DE LA LEY 30/1992, DE 26 DE NOVIEMBRE, DE RÉGIMEN JURÍDICO DE LAS ADMINISTRACIONES PÚBLICAS Y DEL PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO COMÚN
publICado en el bop de la pRoVInCIa de alMeRÍa no 215 de 10 de noVIeMbRe de 2005
Índice de artículos:
artículo 1. Ámbito de aplicación.
artículo 2. Derechos de los ciudadanos (artículo 35 de la ley).
artículo 3. Derecho de acceso a archivos y registros (artículo 37 de la ley). artículo 4. Registro (art. 38 de la ley).
artículo 5. Obligación de resolver (artículo 42 de la ley).
artículo 6. Plazos máximos de resolución expresa y notificación.
artículo 7. Silencio administrativo (artículos 43 y 44 de la ley).
artículo 8. Incorporación de medios técnicos (artículo 45 de la ley)
artículo 9. Expedición de certificaciones. Validez y eficacia de documentos y copias (artículo 46 de la ley)
artículo 10. Computo de plazos (artículo 48.5 de la ley).
artículo 11. Motivación (artículo 54 de la ley).
artículo 12. Notificaciones y traslados internos (artículo 58 de la ley). artículo 14. Publicación (artículo 60 de la ley)
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