Page 87 - Metodología de elaboración del Manual de Gestión por Procesos y Hechos: teoría y práctica. Relación con las Cartas de Servicios
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Metodología de elaboración del Manual de gestión por procesos y HecHos: teoría y práctica
Así, pues, en puridad, solo podemos en este caso establecer un cliente interno del proceso de selección, que es el Asesor Técnico, propietario del proceso de adquisiciones al que es sometido el material previamente seleccionado.
Sólo cuando el material es seleccionado, y posteriormente adquirido, es cuando puede ser sometido al proceso técnico de catalogación, registro de ejemplares y preparación física, momento en el que sí podemos afirmar que los usuarios son los clientes externos; aunque el material sea seleccionado para satisfacer a los usuarios, aquél no está disponible en este momento de la secuencia de procesos para ser consultado en sala o servido en préstamo.
b) Proveedor: quienes aportan el input al proceso de selección son:
– Editores, suministrando catálogos comerciales y/o propuestas.
– Distribuidores, suministrando catálogos comerciales y/o propuestas.
– Libreros, suministrando libros.
– Usuarios, proporcionando desideratas.
– Funciones de las Bibliotecas Públicas del Estado-Bibliotecas Provinciales de
Andalucía, que, según el artículo 15 de la Ley 16/2003, de 22 de diciembre, del Sistema Andaluz de Bibliotecas y Centros de Documentación (BOJA núm. 251, de 31 de diciembre de 2003), proporcionarán a los ciudadanos el acceso a sus registros culturales y de información.
c) Propietario del proceso: el responsable del proceso de selección de materiales en las Bibliotecas Públicas del Estado-Bibliotecas Provinciales de Andalucía es el Asesor Técnico de Proceso Técnico, de acuerdo a la normativa vigente:
– Artículo 15 del Real Decreto 582/1989, de 19 de mayo, por el que se aprueba el Reglamento de Bibliotecas Públicas del Estado y del Sistema Español de Bibliotecas (BOE núm. 229, de 31 de mayo de 1989):
El área de proceso técnico abarcará las funciones de selección...
– Artículo16delDecreto230/1999,de15denoviembre,porelqueseaprueba el Reglamento del Sistema Bibliotecario de Andalucía (BOJA núm. 151, de 30 de diciembre de 1999):
Para la realización de las funciones que se establecen en este Reglamento, bajo la dependencia de la Dirección, las Bibliotecas Públicas del Estado-Bibliotecas Provinciales se estructuran en las siguientes áreas:
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