Page 361 - La Negociación Colectiva en los Entes Públicos Locales de Andalucía
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Suspensión del contrato, régimen disciplinario, formación, prevención, acción social y jubilación
Si bien continúa la duda respecto de qué hacer en aquellos casos en los que procede la retroacción de la prestación económica por IP reconocida, al momento en que se agotó la IT al ser aquella mayor que ésta. Creemos que la intención de las partes negociadoras al incorporar expresamente el reconocimiento del derecho a la mejora ha sido extenderlo a todos los supuestos enunciados procediera o no la retroacción indicada. Lo que no es óbice para que se requiera un reconocimiento expreso que permita eliminar cualquier duda al respecto.
6.1.2. Jubilación voluntaria
El artículo 62 CCLJA reconoce en términos similares a lo que hiciera su prece- dente dos mejoras para aquel personal que se acoja a la jubilación voluntaria pre- vista en el mismo: un premio de jubilación y una indemnización a tanto alzado. Dos aspectos novedosos a destacar46:
En primer lugar, señalar que el CCLJA corrige la fórmula ambigua47 del V CCLJA al concretar la relación de pluses y complementos que no se computarán a efectos de determinar el salario percibido que será tenido en cuenta para calcular el premio de jubilación.
En segundo lugar, se mejora la indemnización a tanto alzado a percibir en estos casos ya que se computarán no solamente los años completos de servicio sino también las fracciones superiores a seis meses asimilándolas a un año de servicio.
6.2. Medidas de acción social
La acción social (Capítulo XVI, artículo 60) prevista en el CCLJA mantiene el mismo carácter genérico de su precedente remitiendo en lo que al contenido de tales medidas se refiere al Reglamento vigente.
Si bien debemos destacar una modificación de gran raigambre a efectos cuan- titativos y por las importantes consecuencias que ello puede traer consigo, espe- remos que beneficiosas. El CCLJA opta por encomendar a la Subcomisión de acción social la determinación de la cantidad del Fondo de acción social que corresponda
46 En todos los demás aspectos no modificados por el CCLJA, vid. Negociación colectiva en la Junta de Andalucía (Coord. Cruz Villalón, J), op.cit., pg. 507-510.
47 Así se ponía de manifiesto en Negociación colectiva en la Junta de Andalucía (Coord. Cruz Villalón, J), op.cit., pg. 509.
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